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Revocación de mandato requerirá seis meses más para ser una realidad

Las adecuaciones en leyes secundarias tomarían hasta 180 días a los legisladores para conformar el andamiaje jurídico para la nueva figura

La propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, de someterse a revocación de mandato el 21 de marzo de 2021, está metiendo en aprietos a sus legisladores quienes no han logrado encontrar consenso necesario en la Cámara de Senadores para aprobar el dictamen enviado por los Diputados y que está incluido en el periodo extraordinario que inició este martes.

La mayoría de las voces en contra de la iniciativa señalan que esta exposición del mandatario federal en el marco de las elecciones intermedias de 2021 podría resultar un escenario beneficioso para el partido Morena.

De acuerdo con el senador independiente, Emilio Álvarez Icaza, la propuesta que se busca avalar carece de un análisis completo, pues será necesario, luego de su aprobación en el pleno, de 180 días más para tener los diversos escenarios jurídicos en caso de que un mandatario deba separarse de su cargo.

  1. No te pierdas: Diputados aprueban revocación de mandato solo para el presidente

«Tendrían que hacerse otras modificaciones tanto a la Constitución como a otras leyes secundarías. La ley establece 180 días para adecuar todas esas hipótesis y dudas que hoy existen», explicó en una entrevista con Publimetro.

Aunque aclaró que está a favor de promover el concepto de revocación de mandato, los términos en los que se colocan en el documento no son los óptimos, pues la propuesta «es más un engaño».

«Así como se maneja en el dictamen no es un derecho de la gente, es una prerrogativa del gobernante con todo el aparato de gobierno a su favor», apuntó.

Detalló que en una reunión reciente para conocer los posicionamientos de las distintas bancadas en torno al tema y leyendo algunas declaraciones del presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, la propuesta podría bajarse del listado de discusiones.

«Yo creo que lo van a sacar del periodo extraordinario, sobre todo porque Monreal es muy cauteloso con la negociación y si uno no negocia manda señales hostiles».

El dictamen que llegó de la Cámara de Diputados reforma y adiciona los artículos 35, 36, 73, 81, 83, 99, 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que aplica exclusiva a la figura del Presidente de la República y de acuerdo con el ex consejero electoral del INE, Javier Santiago, este nuevo modelo que se busca implementar puede dar paso a un juego perverso por parte del sistema político.

«En un escenario político se podría obligar a renunciar a alguien que haya llegado al cargo de manera democrática por una situación cultural adversa. Digamos que no sería saludable, pues al realizarse en las elecciones intermedias hay un punto débil», explicó.

Qué establece el dictamen:

  1. El proceso puede ser convocado por: el Congreso de la Unión a petición del propio mandatario federal; por 33% de los integrantes de la Cámara de Diputados o de Senadores; o por una petición ciudadana que logre 3% de la lista nominal de electores.
  2. La convocatoria se realizará durante el primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura.
  3. La votación se realizará el mismo día de la jornada electoral federal en la que solo se elijan diputados federales.
  4. El Instituto Nacional Electoral tendría a su cargo la organización y desarrollo de la votación; así como los cómputos parciales.
  5. El resultado será vinculante siempre y cuando la participación alcance 25% de los electores.
  6. Las resoluciones del INE podrán ser impugnadas.

Las reacciones

La propuesta que lanzó López Obrador de inmediato tuvo reacciones por parte de actores diversos de todos los partidos políticos.

Países latinoamericanos que cuentan con revocación de mandato:

  1. Colombia, 113 constitucional
  2. Ecuador, 61; 105; 106; 107 y 145 constitucional
  3. Bolivia, 11; 157; 170; 171; 195, 240: 242 y 286 constitucional
  4. Perú, 2; 31 y 134 constitucional
  5. Venezuela, en su artículo 70 y 172 constitucional

Estados de la Unión Americana que cuentan con revocación de mandato:

  1. Alaska
  2. Kansas
  3. New Jersey
  4. Arizona
  5. Lousiana
  6. Dakota del norte
  7. California
  8. Michigan
  9. Oregón
  10. Colorado
  11. Minnesota
  12. Rhode Island
  13. Georgia
  14. Montana
  15. Washington
  16. Idaho
  17. Nevada
  18. Wisconsin

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