El Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medida cautelar, solicitada por una ciudadana que denunció la presunta promoción personalizada, actos anticipados de campaña, así como por la rendición de un informe de labores fuera de los plazos previstos para ello, atribuible al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
En sesión extraordinaria urgente de la Comisión de Quejas y Denuncias, se determinó no ordenar la cancelación de las conferencias matutinas de mandatario federal, ya que, de un análisis integral, contextual y bajo la apariencia del buen derecho, las conferencias de prensa matutinas en las que participa tienen como finalidad, entre otras, dar a conocer logros, programas, acciones y obras de gobierno, respecto a temas y cuestiones de distinta índole.
Estos encuentros matutinos con la prensa, podrían incluirse dentro de la definición de propaganda gubernamental, sin que exista urgencia o peligro en la demora que justifique el dictado de la medida cautelar solicitada por la quejosa.
Con el voto unánime de las Consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del Consejero Benito Nacif, el grupo de trabajo concluyó que no se encuentra en desarrollo ningún proceso electoral local o federal que pudiera verse vulnerado con la realización o difusión de las conferencias matutinas.
Por ello y tomando en consideración el formato y finalidad de las conferencias matutinas, se consideró que corresponderá a la Sala Regional Especializada pronunciarse sobre la legalidad en el modelo de comunicación utilizado por la Presidencia y si esto implica una contratación y/o adquisición indebida de tiempos de televisión.