Economía

Hacienda aplicará impuestos a ‘apps’ para 2020

El titular de Hacienda señaló que estos impuestos ya existían aunque no se cobraban porque estaban asociada a bienes tangibles no digitales.

Durante la entrega del Paquete Económico 2020, el secretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Arturo Herrera, aseguró que para el próximo año se aplicarán los impuestos para plataformas digitales, de forma que se mejore la recaudación tributaria.

«Esos impuestos ya existen, lo que pasaba era que no se cobraban, y no se cobraban porque la estructura tributaria de México y otros países estaba relacionada a bienes tangibles», explicó.

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Frente a la Cámara de Diputados, Herrera dijo que hay tres impuestos en las plataformas de transporte, en el cual se tiene que pagar un IVA asociado a la transacción; ISR del conductor y de la empresa, y un pago de una regalía como especie de importación.

Agregó que se implementarán instrumentos más eficientes para el pago de los impuestos de estas plataformas digitales, y que para el próximo año se llegará a un acuerdo para el cobro en apps como Facebook, Twitter y servicios de streaming como Netflix.

«(En 2020) habrá un impuesto en común para todos los países, de hecho y si vamos avanzando en eso se verá en el paquete del años que entra», indicó.

Detalló que aún no se sabe cómo se realizará ese pago de impuestos y que inclusive ya hay una batalla entre Francia y Estados Unidos por este tipo de servicios digitales.

Los diputados tendrán hasta el 15 de septiembre para aprobar el Paquete Económico, donde está agregado esta propuesta.

Piso parejo para productores nacionales

La medida de acuerdo con el gobierno de la República es para que exista una competencia leal con los proveedores nacionales de servicios digitales, dado que «estos sí están obligados a trasladar y enterar el IVA por los servicios prestados a los consumidores nacionales».

Asimismo, en el documento de Criterios Generales de Política Económica de la Iniciativa de Ley de Ingresos 2020, se especifica que hay un bajo cumplimiento en el pago de impuestos en las plataformas digitales de intermediación como lo son los casos de los servicios de transporte, alojamiento temporal y bienes ofertados.

«Lo anterior, no solo representa una pérdida de recursos importante para el Estado, sino que es un área de oportunidad para fomentar la formalidad, y así combatir uno de los problemas sociales y económicos más persistentes en el país», justifica.

¿A qué servicios aplicará esta medida?

La propuesta de Hacienda para hacer más eficiente la recaudación del IVA en la importación de servicios intangibles no será aplicable a todas las plataformas digitales, sino en:

  1. Descarga o acceso a imágenes
  2. Películas
  3. Texto
  4. Información
  5. Video
  6. Audio
  7. Música
  8. Juegos, incluyendo los juegos de azar
  9. Contenidos multimedia
  10. Ambientes multijugador
  11. Obtención de tonos de móviles
  12. Visualización de noticias en línea
  13. Información sobre el tráfico
  14. Pronósticos meteorológicos y estadísticas.

«Ejemplo de lo anterior son los servicios de transmisión (streaming) de audio o video para ver películas o escuchar música, entre otros. También en esta categoría quedan comprendidos los servicios digitales de clubes en línea y páginas de citas, el almacenamiento de datos, así como los de enseñanza a distancia o de exámenes o ejercicios», especifica SHCP.

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SAT busca formalizar apps

Las plataformas digitales no residentes en México tendrán obligaciones ante el SAT como registrarse al sistema tributario; ofertar y cobrar en el precio de sus servicios el IVA; informar a este servicios sus operaciones y registro de clientes; calcular, retener y enterar mensualmente el IVA correspondiente a las importaciones de contenido por mes y designar un representante legal con domicilio en el país.

Las medidas también aplican para las aplicaciones digitales que sirvan de intermediarias entre terceros, las cuales deberán realizar la recaudación y entero de los impuesto generados en sus operaciones.

 

«En el caso de las plataformas que no realicen cobros a cuenta del vendedor o prestador del servicio, estas estarán obligadas a proporcionar información relevante que facilite las labores de control y fiscalización de la autoridad fiscal en las operaciones realizadas a través de ellas», acusa.

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