Economía

Outsourcing bueno y malo; qué es y cómo te afecta

El outsourcing permite subcontratar empleados a través de empresas externas; el ilegal o malo evade impuestos y simula la entrega de prestaciones y salarios

El outsourcing o subcontratación de empleados a través de empresas externas es una figura permitida por la ley mexicana; aunque ésta ha sido aprovechada para simular o dejar de pagar prestaciones, salarios, cuotas de seguridad social y derechos a los trabajadores.

El artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo (LFT) define que el outsourcing legal o bueno “es aquel por medio del cual un patrón, denominado contratista, ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores, a favor de un contratante, persona física o moral”.

Los apartados 15-B, 15-C y 15-D de dicha legislación señalan que la subcontratación no podrá abarcar la totalidad de los empleados o actividades que se desarrollen en los centros de trabajo; y que sólo se justifica cuando se trata de personal especializado.

Refiere que el outsourcing bueno ofrece a los empleados un contrato escrito, que garantice todos los derechos y prestaciones de ley; desde acceso al IMSS, pago de aguinaldo y vacaciones; hasta el reparto de utilidades y acceso a instituciones públicas de crédito de vivienda como Infinavit.

Incluso, para reforzar el cumplimento de tales derechos laborales frente a cualquier omisión o falta de las empresas, en mayo de 2019 el Congreso mexicano aprobó la adición de las fracciones XIV y XV del artículo 5 de la LFT, que prohiben:

  1. Encubrir una relación laboral con actos jurídicos simulados; para evitar el cumplimiento de obligaciones laborales y/o de seguridad social.
  2. Registrar a un trabajador con un salario menor al que realmente recibe; tal como sucede en el outsourcing malo o subcontratación ilegal.

Outsourcing bueno vs. malo   

El director de Relaciones Institucionales de ManpowerGroup México, Héctor Marquez Pitol, explicó que –como cualquier otro sistema de contratación– el outsourcing bueno o subcontratación legal garantiza:

  1. Contrato por escrito.
  2. Prestaciones mínimas de ley: vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, reparto de utilidades, prima de antigüedad y liquidación al terminar la relación laboral.      
  3. Servicios de seguridad social: atención en el IMSS, pago de incapacidades y licencias por maternidad; acceso de guarderías y otras actividades que brindan dichas instituciones a través de sus centros deportivos y recreativos.
  4. Ahorro para el retiro o de pensión, a través de una Afore.
  5. Derecho de adquirir un crédito para la compra de vivienda mediante el Infonavit.   

Mientras que el las organizaciones que recurren al outsourcing malo:

  1. No dan contrato por escrito; hacen firmar al empleado acuerdos para incumplir sus obligaciones laborales.
  2. Incumplen con las prestaciones mínimas de ley y los servicios de seguridad social.
  3. Registran al trabajador ante el IMSS, SAT e Infonavit con un salario menor al real; parra evadir las cuotas obrero-patronales, impuestos y liquidaciones.
  4. No cubren las aportaciones regulares del Seguro Social e Infonavit; lo que afecta el acceso del  trabajador al servicio médico, ahorro para el retiro y acceso a una pensión.   
  5. Recurren a simulaciones para evadir el pago de impuestos; y obtener beneficios mediante el incumplimiento de sus obligaciones fiscales.

¿Cómo se castiga al outsourcing malo?

El director del Despacho Hernández Reyes y Asociados, Joel Hernández Reyes, señaló que la ley Federal del Trabajo no establece multas específicas para quienes incumplen las normas y recurren el outsourcing malo.

Refirió que los artículos 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de dicha legislación sólo establecen las condiciones que deben cumplir las empresas que subcontratan; y las eventuales sanciones se originan a partir de inspecciones laborales que realiza la Secretaría del Trabajo.

“A través de la Dirección General de Inspección del Trabajo, la autoridad reporta al IMSS y al SAT las omisiones cometidas por las empresas que subcontratan; y de acuerdo al daño y tipo faltas se imponen las sanciones procedentes”, apuntó.

El especialista destacó que los empleados pueden denunciar y exigir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje el pago de los derechos y beneficios de ley omitidos por las organizaciones de outsourcing.

“Al presentar la denuncia, el afectado debe indicar los actos incumplidos por las empresas implicadas y el periodo en que se registraron; mientras que el patrón deberá presentar el contrato, recibos de pago y los documentos que prueben o desmientan la imputación.

“Pero si no se comprueba o hay incongruencias entre el salario entregado, los ingresos registrados ante el IMSS, SAT e Ifonavit; la empresa deberá restituir los beneficios incumplidos y enfrentar las sanciones y multas determinadas por las autoridades”, puntualizó.

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