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España busca que la “fobia a la pobreza” sea delito

Tanto la aporofobia como la exclusión social serán dos delitos a tener en cuenta a la hora de establecer las penas de prisión y las multas

Pablo Iglesias, vicepresidente del Gobierno de España Foto: Getty Images (DANI DUCH/ POOL/Getty Images)

El Consejo de Ministros en España aprobó el anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, que considera delitos como la aporofobia, que significa «fobia a las personas pobres o desfavorecidas», entre otros.

La Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia consta de 58 artículos. Entre las novedades se incluye una reforma del Código Penal para establecer una nueva regulación a los delitos de odio y la exclusión social.

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El objetivo de la nueva normativa es «garantizar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia». Por ejemplo, en la nueva regulación a los delitos de odio, se incorpora la edad como causa de discriminación, tanto sobre los niños, niñas y adolescentes, como sobre las personas de edad avanzada.

Aporofobia regulada por la ley

En la modificación del artículo 22 del Código Penal, se recogen las circunstancias agravantes para incluir estos nuevos delitos. También, en la modificación del artículo 510, se establece la aporofobia y la exclusión social como dos delitos a tener en cuenta a la hora de establecer las penas de prisión y las multas, explica el periódico El Mundo.

Tanto el Ministerio de Justicia, como los de Interior y Educación , han intervenido -de manera obligatoria- en la redacción de la normativa. Esta decisión del Gobierno subyace, según se motiva en el anteproyecto, en que la aporofobia «responde a un fenómeno social en el que en la actuación delictiva subyace el rechazo, aversión o desprecio a las personas pobres, siendo un motivo expresamente mencionado en el artículo 21 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea».

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Ya en 2016, la Memoria de la Fiscalía proponía la necesidad de una modificación del Código Penal dirigida a agravar las penas que deben imponerse a aquellas personas que actúan contra sus víctimas por su situación socioeconómica.

Esta nueva normativa, que prácticamente en su totalidad se perfiló en el anterior Gobierno del PSOE y que la actual coalición ha rescatado, configura como obligatoria la imposición de la pena de privación de la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato en dos situaciones: cuando el autor y la víctima tuvieran en común un hijo o una hija y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.

«Un asesino machista jamás puede ser un buen padre y no puede tener derecho a la patria potestad. Hasta ahora quedaba a decisión del juez, ahora esa posibilidad se elimina», ha señalado Pablo Iglesias, tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros.

 

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