Economía

¿Qué pasa si no puedo pagar mi crédito por culpa del Covid-19?

Nadie puede encarcelarte o embargar tus bienes, si dejas de pagar un crédito; a menos que un juez determine que actuaste con dolo o cometiste fraude

Hacer un presupuesto te ayuda a mantener tus finanzas en regla Foto: Getty Images

Dejar de pagar un crédito, por causas relacionadas a la crisis económica del Covid-19, hará que tu deuda original e intereses se disparen; que manches tu historial financiero; y que en algún momento, te dejen de prestar.

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El portal de servicios financieros Coru.com explicó que, si dejas de pagar tu tarjeta o algún crédito personal, el banco te buscará por todos los medios posibles; a través de llamadas telefónicas, y mensajes de asesores financieros; solicitando que te pongas al corriente.

El objetivo de tales búsquedas, apuntó, es determinar el motivo del impago; y la solicitud de las mensualidades atrasadas, a la brevedad; o bien, invitarte a que suscribas a una restructura o negociación de los adeudos.

Despachos de cobranza

En caso de mantener el impago por 120 días o tres meses, el banco o acreedor tiene la posibilidad de vender tu deuda a un despacho de cobranza extrajudicial; donde el nivel de presión, número de llamadas y exigencias se multiplican.

Lo anterior, alertó dicha plataforma, al grado del abuso, uso de violencia verbal o psicológica y la intimidación ilegal de embargarte o meterte a la cárcel, si no pagas; acciones que están prohibidas por el Artículo 284 Bis del Código Penal Federal y que la mayoría de las veces están acreditadas con documentos falsos.

Incluso, apuntó, dicho apartado establece “de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos, a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal. Si utiliza además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad”.

Incumplir un crédito no es cárcel

A través del artículo ¿Te pueden meter a la cárcel por tener una deuda?, Coru.com explicó que, desde la reforma financiera de 2014, las amenazas y el hostigamiento contra los deudores están prohibidos.

Detallo que, de acuerdo al último párrafo del artículo 17 de la Constitución mexicana, «nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil»; lo que implica que “nadie” será encarcelado por no pagar sus deudas en tarjetas o créditos personales.

Refirió que, en este contexto, las amenazas de cárcel quedan sin sustento; y al igual que sucede con los embargos, no procederán, hasta que un juez determine que el titular de crédito –en impago- actuó con dolo; o armó un plan para cometer un fraude.

Consecuencias

De acuerdo a la ley vigente, las consecuencias por dejar de pagar un crédito son:

  1. Tener una o varias deudas que, al paso de los meses, se multiplicará a un ritmo de 40% o 50% anual; más interés, gastos de cobranza y sanciones por impago.
  2. Bajar tu calificación crediticia y obtener una nota negativa en los registros del Buró de Crédito; donde serás tachado como un deudor que no paga.
  3. Si tienen un historial financiero negativo, tendrás menos posibilidades de obtener créditos; y si los obtienes serán a tasas más altas, pero sin motivo o pena de cárcel.
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