Economía

Plazo de la declaración anual se extiende al 31 de mayo: SAT

Las personas físicas tendrán cuatro semanas más para cumplir con su declaración anual; y con ello, evitar multas superiores a 38 mil pesos

El SAT pidió a los contribuyentes usar sus plataformas de Internet, para realizar su declaración de impuestos Foto: Cuartoscuro (Galo Cañas/Galo Cañas)

El plazo para presentar la declaración anual de impuestos, correspondiente a las personas físicas, se extendió hasta el 31 de mayo de 2021, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Señaló que la fecha límite original, establecida por la ley, vence el 31 de abril; pero en apoyo a la Jornada de #SanaDistancia y #QuedateEnCasa, la autoridad determinó otorgar cuatro semanas adicionales.

Para para evitar contagios del Covid-19, el SAT  exhortó a los contribuyentes a privilegiar el uso de las herramientas tecnológicas, implementadas para el cumplimiento de la declaración anual.

Indicó que los contribuyentes pueden ingresar a las plataformas SAT ID o App SAT ID, para la generar o actualizar su contraseña; o bien, solicitar la renovación de la e.firma, cuando su vencimiento sea menor de un año.

Además, apuntó, pueden visitar el sistema OrientaSAT, ubicado en el minisitio de Declaración Anual o en el portal de Declaraciones; donde los contribuyentes recibirán información sobre sus obligaciones fiscales y podrán resolver cualquier duda.

¿Quién debe presentar la declaración anual?

La declaración anual debe ser presentarla por las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

  1. Servicios Profesionales (honorarios)
  2. Actividades Empresariales
  3. Plataformas Tecnológicas
  4. Arrendamiento
  5. Intereses
  6. Dividendos
  7. Enajenación de Bienes
  8. Adquisición de Bienes

Además de los salarios:

  1. Obtenidos por trabajar para dos o más patrones de manera simultánea
  2. Cuando la totalidad de los ingresos anuales por salarios excede de 400 mil pesos.
  3. Si además de salarios obtuvieron otros ingresos.
  4. Cuando los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  5. Si obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

Para presentar la declaración anual, ¿puedo utilizar la contraseña?

Sí, respondió el SAT; siempre y cuando:

  1. El saldo a favor sea igual o menor a 10 mil pesos.
  2. O bien, se utiliza la cuenta CLABE precargada; cuando el monto es mayor a 10 mil pesos y no excede 150 mil pesos.
  3. También puedes usar la e.firma, si el saldo a favor es superior a 10 mil pesos y se captura una nueva cuenta CLABE.

¿Y si tengo más dudas?  

Para recibir orientación personal, el SAT solicito al público:

  1. Visitar el minisitio http://bit.ly/3tPaODB
  2. Llamar al servicio de MarcaSAT; al 55 627 22 728
  3. Usar el servicio de chat, disponible en la página del SAT; de lunes a viernes, de 08:00 a 18:30 horas

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