El Senado de la República aprobó con 116 votos el derecho a la “desconexión digital”, para que las personas que trabajan desde su casa no estén obligadas a contestar llamadas, mensajes ni correos electrónicos de su empresa al concluir su jornada.
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Por lo que quedó establecido con la adición del artículo 68 bis a la Ley Federal del Trabajo, que establece: “Las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”.
También se establece la regulación y modalidades para ejercer este derecho, en el que se privilegiará la conciliación de la actividad laboral y la vida personal, lo cual dependerá de los establecido en el contrato colectivo o lo acordado entre el trabajador y su patrón.
“Los empleadores y representantes de los trabajadores tiene que elaborar una política interna en la que se defina las modalidades para ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de sensibilización del personal sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga u otros problemas de salud”, informó Forbes.
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Finalmente, también menciona que se deberán crear mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que puedan suscitarse cuando el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, la minuta fue enviada a la Cámara de Diputados.