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Funcionarios ‘fifís’ tienen sueldos mayores al de AMLO

En la mañanera de AMLO se inauguró la nueva sección de ‘Quién es quién en los sueldos’ de integrantes de organismos autónomos.

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) inauguró este lunes en la mañanera la nueva sección de ‘Quién es quién en los sueldos’, en donde salieron a relucir titulares de algunos organismos autónomos cuyos salarios son mayores a los del jefe del Ejecutivo federal.

Según el informe expuesto por el procurador Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield, hay funcionarios que no se apegan a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos. De ahí el ejercicio de exhibir la lista de los que incumplen a fin de ajustar su sueldo.

En esta condición se encuentran titulares de organismos autónomos como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Nacional Electoral (INE), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), entre otros más cercanos al presidente mexicano, como el fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero.

De acuerdo a lo evidenciado, al menos cinco funcionarios de la administración pública se han amparado para percibir un sueldo superior a los 136 mil 700 pesos mensuales que recibe el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los sueldos expuestos -aclaró Sheffield- se componen de todas las percepciones mensuales, incluidos el aguinaldo, la prima vacacional, la protección al salario y la retención de impuestos.

‘Lo barato puede salir caro’

Sobre el listado de funcionarios y sueldos que instruyó exhibir López Obrador, el director ejecutivo de la organización Transparencia Mexicana, Eduardo Bohórquez, consideró que ‘lo que sorprende del anunció es que, no es que se exhiba el listado de los servidores públicos y sus salarios, sino que su intención no parece ser el cumplimiento de la ley, sino seguir dañando la imagen pública de los organismos constitucionales autónomos’.

En esta línea, opinó que debe instalarse una comisión independiente al gobierno que defina salarios competitivos que permitan reclutar talento sin generar nuevas desigualdades, pues aseveró que ‘en materia de salarios para servidores públicos, lo barato puede salir muy caro’.

Por su parte, Alfredo Cristalinas Kaulitz, integrante de la Comisión de Investigación en Contabilidad y Auditoría Gubernamental del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que lo que se necesita es claridad en las reglas para la definición de los sueldos, eliminando excepciones que generen desigualdad en aquello que pretende ser un mecanismo de orden.

“Congruencia, para que se definan los criterios para la determinación correcta de los perfiles de puestos en función de las responsabilidades y riesgos del encargo a desempeñar”

—  - dijo.

¿QUIÉNES GANAN MÁS QUE EL PRESIDENTE?

  • Consejero de la Judicatura Federal: 286,600
  • Magistrado Presidente de Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación: 286,500
  • Ministro de la Suprema Corte: 284,500
  • Gobernadora del Banco de México: 248,500
  • Consejero Presidente del INE: 240,500
  • Comisionado Presidente Cofece: 206,400
  • Comisionado Presidente IFT: 197,700
  • Comisionada Presidente INAI: 151,300
  • Presidenta INEGI: 149,700
  • Fiscal General de la República: 146,600
  • Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa: 141,100

¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 9 DE LA LEY FEDERAL DE REMUNERACIONES?

“Ningún servidor público obligado por la presente Ley recibirá una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión igual o mayor a la Remuneración Anual Máxima que tenga derecho a recibir el Presidente de la República por concepto de percepciones ordinarias, sin considerar las prestaciones de seguridad social a las cuales tenga derecho conforme a la legislación en la materia”.

¿CUALES SON LAS SANCIONES POR FALTAS ADMINISTRATIVAS A FUNCIONARIOS?

De acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Federal, las sanciones son:

  • Amonestación privada o pública.
  • Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año.
  • Destitución del puesto.
  • Sanción económica.
  • Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

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