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CNDH ‘jala las orejas’ al INE y exige frenar sanciones a periodistas e influencers

La CNDH y el INE chocaron por las presuntas sanciones que ha hecho el instituto electoral en contra de comunicadores y creadores de contenido

La CNDH aseguró que la libertad de expresión forma parte fundamental de la vida democrática del país, sobre todo, precisó, cuando dichas expresiones no atentan contra la dignidad ni los derechos de terceros. (Victoria Valtierra/Victoria Valtierra)

Las medidas que pretende aplicar el Instituto Nacional Electoral (INE) podrían representar actos de censura para periodistas, usuarios de redes sociales y para los llamados influencers, determinó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

A través de un comunicado, el organismo defensor de derechos humanos instó al órgano electoral a que garantice y respete el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas y de la ciudadanía, así como advirtió que las sanciones impuestas por el Instituto podrían resultar excesivas e injustificadas, “sobre todo cuando no existan elementos suficientes y objetivos para su imposición”.

La CNDH hace un atento llamado a las personas titulares del INE a fin de que se garantice y respete en todo momento el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas y ciudadanía en general, y que no se atente contra este derecho mediante la imposición de sanciones que pudieran resultan excesivas e injustificadas, sobre todo cuando no existan elementos suficientes y objetivos para su imposición.

—  Instó el organismo.

La CNDH precisó que tuvo conocimiento de las sanciones y multas que el INE ha impuesto a diversos periodistas y usuarios de redes sociales por el solo hecho de expresar su punto de vista sobre el acontecer político del país, a través de diversas plataformas digitales, por lo que consideró que dichas sanciones representan un retroceso a la democracia, toda vez que su implementación puede conducir a actos de autocensura y coerción que limitan el debate público e incluso a atizar el clima de violencia que padecen las y los comunicadores.

Por ello, la Comisión Nacional consideró que la aplicación de sanciones a periodistas y usuarios de las redes sociales -conocidos como influencers-, no solo atenta contra los derechos de estos, sino también contra los derechos de sus audiencias, quienes se verían en la imposibilidad de buscar, recibir y difundir información e ideas, como establece el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Existe un mandato imperativo que incluye a todas las instituciones del Estado, el inscrito en el artículo 1º Constitucional desde 2011, por lo que, al realizar una revisión del caso, la Comisión Nacional encontró que, si bien la resolución del INE es un acto emitido por una autoridad electoral, las multas y sanciones en dicha resolución son actos administrativos sancionadores que podrían atentar contra el derecho humano a la libertad de expresión de las y los periodistas.

—  Aseveró la CNDH.

Revira a CNDH

“La CNDH pide al INE que no haga cosas que el INE nunca hizo. Llama a no sancionar a personas o comunicadores, pero el INE jamás lo ha hecho pues esa es una función del Tribunal Electoral. Confunden a las autoridades administrativas con las judiciales. El INE no multa ni sanciona. Lo más que puede hacer es dictar medidas cautelares”, contestó en redes sociales el consejero Ciro Murayama.

En tanto, el órgano electoral contestó a la CNDH y negó que haya sancionado a periodistas o creadores de contenido como lo refiere en su comunicado, esto al argumentar que no tiene las facultades y alcances para hacerlo.

Ante el pronunciamiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (DGDDH/061/2022) es importante aclarar que el INE no emite sanciones y/o multas a periodistas y usuarios de redes sociales y no es la autoridad que resuelve, en última instancia, los Procedimientos Especiales Sancionadores derivados de quejas y denuncias de los actores políticos.

—  Refirió el INE.

Horas después del pronunciamiento de la CNDH, el INE precisó que siempre ha respetado, promovido y garantizado el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas, actores políticos, así como de usuarios, comentaristas, activistas en redes sociales, así como de la ciudadanía en general. Además claró es facultad exclusiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por medio de la Sala Regional Especializada y en última instancia por parte de la Sala Superior que resuelva en todo caso este tipo de sanciones.

Y confirmó que únicamente la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE (UTCE) es la autoridad encargada de recibir quejas en materia electoral y de llevar a cabo las debidas investigaciones de los casos denunciados, pero no resuelve el fondo de los mismos ni impone sanciones.

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