Uno de los hechos más comunes en los actos políticos masivos -y uno de los delitos electorales más difundidos en redes sociales- es el conocido popularmente como “acarreo”.
De hecho, de acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE), se castiga con una pena de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza.
También se castiga a quien presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
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Si la conducta especificada es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista, de acuerdo con el Artículo 7 de la LGMDE.
El acarreo electoral, y el fenómeno de los acarreados, quizás sea la práctica antidemocrática de mayor arraigo en México. Según el Diccionario Electoral del Instituto Nacional de Estudios Políticos A.C (INEP)., tiene como propósito asegurar el voto de electores “cautivos”.
“Consiste en llevar bajo presión u otro estímulo a uno o varios ciudadanos para que voten o externen apoyo absoluto por un candidato o partido determinado. Las personas objeto de acarreo suelen ser ignorantes, marginadas y despolitizadas, por lo que pueden ser transportadas a las casillas por sometimiento o gratitud a sus líderes, o bien a cambio de algún obsequio o diversión que altere de manera momentánea sus precarias y monótonas vidas”, añade la organización.
“El acarreo es una práctica política propia de los sistemas políticos autoritarios en donde los partidos oficialistas se valen de sus clientelas para mantenerse en el poder”, consideran.
¿Cómo identificar el acarreo?
Durante la jornada electoral el acarreo resulta muy “notorio y fácil” de detectar ya que es evidente la presencia de autobuses y camionetas con gran número de personas de bajo nivel socioeconómico, señala el INEP.
“Es de suponerse que los electores transportados por el acarreo, no pertenecen a la sección o distrito electoral en que sufragarán, ya que su casilla estaría instalada en las cercanías de su domicilio, de modo que no requerirían ese transporte. Además, es probable que encubra el manejo del padrón con relleno de electores de otras secciones, distritos o localidades electorales. Este aumento de electores que habrán de sufragar por el candidato del partido que acarrea puede modificar el resultado de la votación”, añade.
¿Cómo denunciar el acarreo y otros delitos electorales?
Se puede realizar de manera presencial, por teléfono y por internet.
- Presencial. En las oficinas de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) o en las agencias del Ministerio Público de la Federación o del fuero común
- Fedetel. Es un número gratuito 800-833-72-33 para el interior de la república, en donde personal especializado, las 24 horas los 365 días del año, brinda atención y orientación legal al público en materia de procuración de justicia penal electoral. respecto a denuncias, orientaciones y quejas.
- Fedenet. Es una plataforma en la que se reciben planteamientos por parte de la ciudadanía respecto a denuncias, orientaciones y quejas. Si cuenta el o la ciudadana con fotografías, audios, videos y/o documentos se deberá considerar realizar la denuncia a través de este Sistema de Atención Ciudadana, ya que cuenta con la opción de adjuntar evidencias que ayudan a facilitar la investigación.
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