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Diputados buscan incluir “libre desarrollo de la personalidad” en la Ley General de Salud

Se trataría de una conquista en la agenda de derechos humanos para garantizar los servicios sanitarios sin discriminación en México

Libre desarrollo de la personalidad Buscan incluir "libre desarrollo de la personalidad" a la Ley General de Salud (Cuartoscuro) (Isabel Mateos)

Emmanuel Reyes, diputado federal por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), planteó incluir el término “libre desarrollo de la personalidad” en la Ley General de Salud para que se garantice el acceso a los servicios sanitarios en todo México sin que ello represente una posibilidad de que el paciente sufra de discriminación por los trabajadores del sector.

Para materializar su iniciativa, el también presidente de la Comisión de Salud propuso modificar el Artículo 2 de dicho ordenamiento. A través de un comunicado, Reyes Carmona difundió este fin de semana que el incluir dicho concepto contempla aspectos que forman parte de la dignidad humana y, con ello “complementar las otras libertades más específicas, como la libertad de conciencia o la libertad de expresión”.

El promotor del gobierno de la Cuarta Transformación (4T) refirió que su función es salvaguardar la “esfera personal”, que no se encuentra protegida por las libertades más tradicionales y concretas, además de no estar considerada aún en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

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No aparece regulado expresamente en la Constitución Política, lo cual no ha sido obstáculo para su reconocimiento en diversas resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, expresó, por lo que impulsó que se agregara a la Ley General de Salud.

Es en este contexto, reiteró la necesidad de actualizar el marco normativo que está vigente en México, pues éste es el que se debe de adecuar para garantizar las libertades individuales. Por ello, destacó el impacto positivo que tendría en materia sanitaria, donde intervienen temas tan importantes como planificación familiar y salud sexual-reproductiva, nutrición, salud mental y emocional.

“En este sentido, no podemos ignorar la necesidad de incorporar a la norma positiva vigente en materia de salud, el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, agregó Reyes Carmona a su explicación y aclaró que el concepto tiene dos espacios: el externo y el interno. El primero da cobertura a la esfera de la libertad de acción, mientras que el segundo a la privacidad; ambos no son contradictorios, sino parte de una dinámica complementaria.

¿Qué es el libre desarrollo de la personalidad?

Cabe recordar que, de acuerdo con la Convención sobre Derechos del Niño de 1989, este término se inspira en la idea según la cual la mejor forma de garantizar la protección del menor es promover su autonomía como sujeto, incide en la necesidad de reconocer al menor una capacidad gradual o «progresiva» para el ejercicio de sus derechos fundamentales.

Además, en el Estado de derecho mexicano, el libre desarrollo de la personalidad promueve, fundamentalmente, que los individuos tengan el derecho humano a elegir y materializar los planes de vida que estimen convenientes, cuyos límites externos son exclusivamente el orden público y los derechos de terceros.

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