En Navidad y Fin de Año, las mesas se llenan de botellas, brindis y celebraciones. Sin embargo, detrás del ambiente festivo se esconde un riesgo silencioso: el consumo de alcohol adulterado, una práctica ilegal que puede provocar desde intoxicaciones severas hasta daños irreversibles a la salud.
Ante este escenario, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una alerta para que las y los consumidores verifiquen la autenticidad de las bebidas alcohólicas antes de comprarlas, especialmente en esta temporada de alta demanda.
“Antes de comprar una bebida alcohólica, verifique su autenticidad a través de la etiqueta de control fiscal y sanitario, adherida o impresa en los envases”, indicó el SAT.
¿Cómo identificar botellas de alcohol adulteradas?
Todas las bebidas alcohólicas legales que se comercializan en México deben portar una etiqueta de control fiscal y sanitario, conocida como marbete, emitida por el SAT y regulada por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
Este distintivo certifica el origen legal del producto y debe estar adherido o impreso en envases con capacidad no mayor a cinco litros.
Hay dos tipos de marbetes:
- Color verde: bebidas de producción nacional
- Color vino: bebidas importadas
Desde 2018, el SAT ha impreso más de 4 mil 516 millones de marbetes, lo que lo convierte en el principal mecanismo de control contra la adulteración y el contrabando.
¿Cuáles son los elementos del marbete?
El marbete cuenta con un código QR, el cual permite consultar de inmediato información como:
- Procedencia de la bebida
- Datos del fabricante o importador
- Legalidad del producto
Datos:
El SAT recomienda desconfiar si:
- La etiqueta tiene tipografía borrosa o tinta de mala calidad
- El código QR no arroja información o no coincide con la bebida
- El marbete está mal colocado, roto o alterado
- Una botella sin marbete o con uno apócrifo puede contener alcohol adulterado, con sustancias altamente tóxicas para el organismo.
- La autoridad recuerda que el uso indebido de marbetes está sancionado por el artículo 86-B del Código Fiscal de la Federación, con multas que pueden alcanzar hasta 112 mil pesos.

