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UIF ya no tendrá la obligación de notificar a personas cuando les bloquee cuentas

La legislación elimina el deber de notificación por escrito de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) al bloquear una cuenta bancaria

UIF Se llevó a cabo la Sesión Ordinaria en la Cámara de Diputados. FOTO: GRACIELA LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM (Graciela López/Graciela López)

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó una minuta para eliminar la obligación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de notificar a los usuarios que se incluyan en la lista de personas bloqueadas. Dicha responsabilidad, que era compartida con la banca privada, quedará solamente a cargo de las instituciones de crédito.

Las modificaciones al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito se avalaron por 269 votos a favor por parte de las bancadas de Morena, PT y PVEM, así como 219 sufragios en contra por parte del PRI, PAN, PRD y MC.

La actual ley garantiza que, “previa solicitud del interesado”, las personas incluidas en la lista de cuentas bloqueadas tienen derecho de audiencia; sin embargo, existe un plazo de 10 días hábiles “contados a partir del día siguiente al que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito público y la institución de crédito le hubieran notificado por escrito las causas de su inclusión en la lista, para que (el interesado) ofrezca pruebas y formule alegatos”.

Con las modificaciones se elimina a la UIF como sujeto obligado: “Se trata de simplificar. La obligación para notificar a todos los usuarios que se incluyan en la lista de personas bloqueadas por la Unidad de Inteligencia Financiera es materialmente imposible de atender, toda vez que no tiene los recursos humanos y materiales para atender la disposición como se había planteado, mientras que los bancos sí la tienen, y operativamente está demostrada su eficiencia”, explicó la diputada de Morena ,Aleida Alavez.

En el debate, la oposición denunció que se trata de una vulneración constitucional, pues de fondo la minuta recibida del Senado pretende dar más facultades a la UIF para congelar cuentas.

“Este dictamen está destinado a ser declarado inconstitucional. La Suprema Corte tiene jurisprudencias donde se especifica que congelar cuentas sólo puede ser utilizado como medida cautelar para atender peticiones internacionales; ahora quieren hacerlo en todo momento. Durante estos cuatro años hemos visto cómo la UIF se ha utilizado como un aparato represor, un aparato intimidador por parte del Ejecutivo”, demandó el diputado perredista Marcelino Castañeda.

Mientras, Francisco Yunes, legislador del PRI, declaró: “Al votar este dictamen estamos incurriendo en una regresión histórica, estamos abriendo una puerta peligrosa en donde desde el Estado estamos dotando de instrumentos para lastimar y transgredir, y eso será válido para todos, nadie se salvará”.

Al respecto, Alavez Ruiz (Morena) aclaró que el artículo 115 de la Ley de Instituciones ya establece que la UIF puede bloquear cuentas, y ejemplo de ello es que de 2015 a 2018 la suma total de activos congelados por la UIF rondó entre los 137 millones de pesos y 698 mil dólares, mientras que de septiembre de 2021 a la primera mitad de este gobierno se han bloqueado 6 mil 488 millones de pesos y 339 mil millones de dólares.

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