Economía

¿Eres persona física? SAT presenta 3 herramientas que facilitan tu declaración anual

El SAT informó que las personas físicas con actividad empresarial, arrendamiento, honorarios y que trabajan para dos o más patrones deben presentar su declaración anual, a más tardar el 30 de abril

Los asalariados no están obligados a presentar su declaración anual, sin embargo pueden hacerlo para presentar deducciones fiscales y, en su caso, recibir alguna devolución. (Moisés Pablo/Cuartoscuro)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó tres herramientas digitales que ayudan y facilitan la declaración anual de impuestos de las personas físicas.

Señaló que los contribuyentes tienen del 1 al 30 de abril para presentar, en tiempo y forma, dicho requerimiento; sin incurrir en muchas, recargos y actualizaciones.

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Indicó que, para preparar su declaración anual, las personas físicas tienen a sus disposición las siguientes herramientas:

1. SAT AID

A través del micrositio satid.sat.gob.mx, los interesados pueden generar o renovar la Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet.

El uso de la Contraseña es importante para realizar la declaración anual, ya que autentica la identidad del contribuyente y le ayuda a ingresar al sistema; también es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.

2. Visor de nómina

Las personas físicas, que reciban ingresos por salarios, pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador:

https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta-el-visor-de-comprobantes-de-nomina-para-el-trabajador

Las personas obligadas a presentar la declaración anual son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios).
  • Actividades empresariales
  • Plataformas tecnológicas
  • Arrendamiento
  • Intereses
  • Dividendos
  • Enajenación de bienes
  • Adquisición de bienes

El SAT destacó que también deben presentar su declaración anual las personas físicas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores; o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad.

De igual forma están obligadas a declarar aquellos contribuyentes que además de obtener ingresos por salarios, reciben ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

3. Simulador para la declaración anual

Para revisar la información precargada en su declaración anual, los contribuyentes pueden hacer uso del Simulador en: https://www.sat.gob.mx/declaracion/23891/presenta-tu-declaracion-anual-de-personas-fisicas-y-conoce-el-simulador-para-2021

Puntos a considerar

El SAT apuntó que los contribuyentes deben saber que:

  • Las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes; siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.
  • Algunas de ellas son: honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.
  • Las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la declaración anual; sin embargo, si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentarla a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.

Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar el minisitio de DeclaraciónAnual 2021: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021/Paginas/index.html

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