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Tribunal Electoral revoca multa que INE impuso a Samuel García

El TEPJF determinó que el INE no emitió las pruebas suficientes para acreditar la responsabilidad del gobernador de Nuevo León

Samuel García no pudo ser responsabilizado del financiamiento irregular a su campaña para buscar la gubernatura de Nuevo León Foto: Especial (OMAR)

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sanción que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al gobernador de Nuevo León, Samuel García, esto por presuntas infracciones en materia de fiscalización, durante el proceso electoral a la gubernatura de ese estado.

La multa se derivó de las quejas que interpusieron los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Acción Nacional (PAN) en contra de Movimiento Ciudadano (MC) y Samuel García, a quienes acusaron de recibir aportaciones de personas morales a la campaña de García, lo que consideraron que está prohibido.

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“El Consejo General del INE sancionó económicamente a MC por omitir rechazar las aportaciones de diversas personas morales realizadas a través de familiares de Samuel García. Tras diversas impugnaciones, la Sala Superior ordenó al INE que se pronunciara sobre la posible responsabilidad del entonces candidato. El INE resolvió que Samuel García sí era responsable y lo sancionó económicamente, lo cual fue recurrido por el afectado, MC y Morena”, detalló el TEPJF.

Fue el magistrado Felipe Alfredo Fuentes quien propuso revocar la sanción impuesta por el INE, ya que ese instituto no demostró la responsabilidad del actual gobernador de Nuevo León, ya que el instituto no valoró ni confrontó todas las pruebas, tampoco consideró que había hipótesis compatibles con la falta de responsabilidad del candidato en la infracción.

Y también se consideró que el INE “utilizó de manera deficiente la prueba indiciaria para demostrar la responsabilidad de Samuel García”, además de que no justificó que el entonces candidato tuviera conocimiento de que dichas aportaciones provinieran de una entidad prohibida y poderlo considerar como responsable.

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Se determinó revocar el acuerdo de manera lisa y llana, en lo que fue materia de impugnación, porque de lo contrario se otorgaría una nueva oportunidad para que la autoridad subsanara las irregularidades al procedimiento, violando los principios de legalidad y seguridad jurídica, al que tienen derecho todas las personas”.

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