En la Ciudad de México 92 personas presentaron su denuncia ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo porque no han recibido el pago de su aguinaldo, por lo tanto las autoridades realizaran las inspecciones laborales en estos centros de trabajo.
Ante esta situación, José Luis Rodríguez Díaz de León, secretario del Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX, recordó que en el caso de incumplimiento del pago de aguinaldo se sancionará a los empleadores con una multa que podría ser de 4 mil 811 pesos a los 400 mil pesos por cada persona trabajadora que no haya recibido dicha prestación.
Para entender el contexto: Aguinaldo: ¿Qué es, cómo se calcula y cuándo se cobra?
“Hacemos un llamado para que las empleadoras de la Ciudad de México nos ayuden al cumplimiento de esta obligación, particularmente en favor de las personas trabajadoras del hogar, que es indispensable recordar que tiene derechos humanos laborales se reconozca el pago del aguinaldo”, comentó en conferencia de prensa el funcionario.
Ante la presencia de la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, el secretario del trabajo explicó que a través de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ha brindado asesoría jurídica a 387 personas sobre esta prestación laboral.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo refiere que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario por lo menos.
Las personas que no hayan cumplido un año de servicio, independientemente que se encuentre laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este.
Los patrones que incumplan con el pago de aguinaldo, se harán acreedores a una sanción de 50 a 500 UMA, lo que representa una sanción de entre 4 mil 811 pesos a 481 mil 100 pesos por cada trabajador afectado.