MADRID, 28 (EUROPA PRESS)
El objetivo del convenio, según ha explicado Moncloa, es fomentar las relaciones económicas, estimular las inversiones y reforzar la cooperación bilateral en materia tributaria entre ambos países, sin generar oportunidades de no imposición o de una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales, incluidas las estrategias de elusión mediante la utilización abusiva de los convenios por terceros.
Para la elaboración del convenio se han llevado a cabo tres rondas de negociación en 2013, 2014 y 2022. Fue en esta última, celebrada el pasado 7 de noviembre en Madrid días después de la visita del presidente, Mario Abdo Benítez, cuando se alcanzó el acuerdo en todos los artículos del mismo.
El convenio establece los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones o regalías, ganancias de capital, servicios personales dependientes, remuneraciones en calidad de consejeros y directores, rentas de artistas y deportistas, pensiones, funciones públicas, estudiantes y otras rentas.
Asimismo, según ha precisado Moncloa, el texto incorpora los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) e incorpora los últimos cambios que se han producido en el Modelo Convenio Tributario de este organismo para evitar la doble imposición y en el marco del Plan de Acción contra la erosión de la Base Imponible y el traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) de la OCDE/G20, de lucha contra la elusión fiscal internacional de las grandes multinacionales.