La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió 132 controversias constitucionales y 8 acciones de inconstitucionalidad contra el “plan B” de la reforma electoral, presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
A través de un comunicado, la SCJN dio a conocer -que al 4 de abril del año en curso- se han presentado 164 controversias constitucionales y 14 acciones de inconstitucionalidad, de las cuales fueron admitidas 132 y 8, respectivamente.
En ese sentido, el ministro Alberto Pérez Dayán dio trámite a controversias constitucionales promovidas por un promedio de 90 municipios de distintos estados del país, así como Poderes Legislativos y ejecutivos locales. En todas las veces que se solicitó la suspensión, esta fue negada. El pasado 2 de febrero, el Instituto Nacional Electoral (INE) presentó una controversia.
Las ocho acciones de inconstitucionalidad contra el Decreto 1 fueron promovidas por los partidos en coalición “Va por México” (PRI, PAN y PRD); por el partido Movimiento Ciudadano; el llamado Bloque de Contención del Senado de la República; por diputados del Congreso de la Unión.
Para entender el contexto: SCJN da revés al Plan B de AMLO, frena la primera parte de la reforma electoral
En la admisión de las siete acciones de inconstitucionalidad, se concedió la suspensión del Decreto referido por el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y en Coahuila, sobre la base de que: se promulgó en el plazo de veda electoral prevista en el penúltimo párrafo fracción II del artículo 105 de la Constitución Federal; contiene modificaciones legales fundamentales y, porque de no concederse, su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en este.
Respecto la segunda parte de la reforma electoral, conocida como “plan B”, el ministro Javier Laynez Potisek admitió la controversia constitucional presentada por el INE y el 8 de marzo concedió la suspensión solicitada respecto a todos los artículos impugnados para efecto de que las cosas se mantengan en el estado actual y que rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.
Te puede interesar: AMLO despotrica contra el INAI y defiende su tesis en la mañanera
Respecto a las dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por Movimiento Ciudadano y el PRD, respectivamente, se negó la suspensión solicitada
En el caso de la primera parte de la reforma electoral, tanto de las controversias constitucionales como las acciones de inconstitucionalidad, el Máximo Tribunal del país informó que se encuentran en la fase de admisión de demandas, en la cual se recaban las respuestas y argumentos de todas las partes.
En lo que respecta a las “plan B”, el plazo de recepción de acciones de inconstitucionalidad venció, mientras que la fecha límite para recibir controversias constitucionales es el 20 de abril.