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Discriminación en bares y restaurantes de la CDMX se castigará con multas de hasta 2 mdp

Las sanciones por discriminación en establecimientos mercantiles de la CDMX pueden ir de 126 a 25 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

Sonora Grill Copred investiga quejas por discriminación
Luego del escándalo de discriminación en el restaurante Sonora Grill, los bares y restaurantes de la CDMX donde se discrimine podrían pagar multas millonarias. FOTO: GRACIELA LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM

Con la publicación de las reformas y adiciones a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa y a la Ley de Establecimientos Mercantiles en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México este 22 de abril, se abrió la puerta a la implementación de multas que pueden superar los dos millones de pesos para los establecimientos que incurran en actos discriminatorios.

Dichas reformas tienen su origen en el caso que se hizo viral en 2022, cuando usuarios denunciaron discriminación en un restaurante Sonora Grill ubicado en en la avenida Presidente Masaryk en la alcaldía Miguel Hidalgo. El 1 de agosto del año anterior se denuncio el caso en redes y por los que a finales de marzo de 2023 el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) emitió una opinión jurídica en la que se confirmaron prácticas racistas en la cadena de restaurantes.

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El gobierno capitalino publicó las modificaciones al Artículo 14 bis a la Ley del Instituto de Verificación Administrativa y al apartado A, fracción VIII de la Ley de Establecimientos Mercantiles; así como las adiciones de las fracciones X bis apartado B, y II inciso C del Artículo 10 de ésta última; y las fracciones IV y V del Artículo 60s.

Las reformas y adiciones contemplan, entre otras cosas, que el COPRED remita opiniones jurídicas ante la Secretaría de Gobierno (Secgob), al Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) y a las alcaldías, desde donde se despacharán las sanciones correspondientes. Las opiniones del COPRED confirmarán si los establecimientos cometen actos discriminatorios; así como el inicio de verificaciones extraordinarias para corroborar los casos de discriminación.

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¿A qué están obligados los establecimientos mercantiles con las reformas?

  • A capacitar a su personal en materia de igualdad y no discriminación para lo que el COPRED pone a su disposición los cursos en línea de la plataforma “En Línea con la Igualdad”.
  • Deberán cambiar el texto de la “Placa Antidiscriminatoria” colocada en el en el exterior y en lugar visible por la siguiente leyenda que pueden descargar de la página del COPRED:

“ESTÁ PROHIBIDO DISCRIMINAR EN ESTE ESTABLECIMIENTO:

En la Ciudad de México se prohíbe negar, excluir o distinguir el acceso o prestación del servicio a cualquier persona o colectivo social por el tono de su piel, origen étnico, nacional, raza, lengua, sexo, género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, identidad indígena, identidad de género, apariencia física, condiciones de salud, religión, formas de pensar, orientación o preferencia sexual, por tener tatuajes, perforaciones o cualquier otra razón que tenga como propósito impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos. CUALQUIER ACTODE DISCRIMINACIÓN PODRÁ SER DENUNCIADO.”

Las multas

Luego de que el COPRED remita a las alcaldías su opinión jurídica de los casos de discriminación, las demarcaciones iniciarán un procedimiento de verificación y en caso de confirmarse sancionarán con multas las siguientes multas dependiendo del tamaño e impacto del establecimiento:

  • De 126 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para establecimientos mercantiles de bajo impacto ( como cafeterías, tiendas de abarrotes, fondas), es decir de 13 mil 71.24 a 51 mil 870 pesos.
  • Para establecimientos de impacto vecinal (como restaurantes, hoteles, cines) las multas serán de 150 a 15 mil veces la UMA (15 mil 561 a un millón 556 mil 100 pesos)
  • Y de 250 a 25 mil veces la UMA (25 mil 935 a 2 millones 593 mil 500 pesos) para establecimientos de impacto zonal (bares, discotecas, cantinas , pulquerías, casinos).

Cabe señalar que las multas son una medida excepcional que solo se emitirán si los establecimientos no atienden el procedimiento conciliatorio del COPRED, y tampoco aplican medidas para reparar el daño y de no repetición.

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