MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
En una decisión adoptada este miércoles en el marco de sus procedimientos de alerta temprana y acción urgente, el Comité expresó su preocupación por el hecho de que la COVID-19 sigue siendo "un grave problema de salud pública con efectos negativos devastadores", que están recayendo de forma desproporcionada en personas y grupos vulnerables a la discriminación racial, en particular las personas de ascendencia africana o asiática, las minorías étnicas, las comunidades romaníes y los pueblos indígenas.
Según los últimos datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), solo el 32 por ciento de la población mundial ha recibido al menos una dosis de refuerzo o adicional de la vacuna. Sin embargo, en países en desarrollo como Gabón, Papúa Nueva Guinea, Burundi y Madagascar, la proporción es inferior al 1 por ciento.
"Los actuales problemas de desigualdad pueden mitigarse significativamente compartiendo el acceso a los derechos de propiedad intelectual de las patentes de vacunas, tratamientos y tecnologías relacionadas que preservan la vida, y que actualmente están reservados a unos pocos países del Norte global", señala en su declaración pública el Comité.
El Comité ha añadido que la persistente negativa a aceptar una exención del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) suscita preocupación en relación con las obligaciones de los Estados parte en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la obligación de garantizar la no discriminación.
Asimismo, insta a los Estados Parte a dar prioridad a los problemas de derechos humanos y a incorporar garantías estrictas de Derechos Humanos, incluido un mecanismo que comprometa a los gobiernos a suspender los derechos de propiedad intelectual en una crisis sanitaria. Ese mecanismo debería estar recogido en el proyecto de acuerdo sobre prevención, preparación y respuesta ante pandemias que se está negociando actualmente en la OMS.
También pide a los Estados Parte del Norte global que proporcionen recursos para que "los Estados más pobres puedan satisfacer las capacidades médicas básicas que ahora se espera que tengan en virtud del Reglamento Sanitario Internacional y para que las vacunas, los medicamentos pertinentes y otros equipos y suministros necesarios estén a disposición de todos".
Los procedimientos de alerta temprana y acción urgente del Comité, en virtud de la Convención, tienen como objetivo principal examinar las situaciones que podrían degenerar en conflictos, con el fin de tomar las medidas preventivas adecuadas para evitar violaciones de los derechos humanos a gran escala.