BRUSELAS, 26 (EUROPA PRESS)
El fallo del Alto Tribunal europeo indica que el nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos (RGPD) consagra el derecho del paciente a reclamar esa primera copia de su expediente médico, incluidos diagnósticos, pruebas y tratamientos, sin que ello implique gastos.
También señala que el responsable del tratamiento sólo podrá exigir el pago de una copia cuando el paciente haya obtenido gratuitamente una primera copia de sus datos y solicite una nueva después.
El caso responde a una cuestión prejudicial presentada por un tribunal alemán en la denuncia de un paciente a quien su dentista reclamó correr con los gastos de la copia de su historial cuando éste pidió los documentos para poder demostrar la responsabilidad de la facultativa en presuntas negligencias durante un tratamiento.
El Tribunal con sede en Luxemburgo señala en su escrito que la dentista debe ser considerada responsable del tratamiento de los datos personales de su paciente y que, como tal, está obligada a facilitarle gratuitamente una primera copia de sus datos, sin que el paciente esté obligado a justificar su solicitud.
Asimismo, apunta que el paciente tiene derecho a obtener una copia íntegra de los documentos que figuran en su historia clínica cuando sea necesario para la comprensión de los datos personales contenidos en dichos documentos. Un derecho, indica, que incluye los datos de la historia clínica que contienen información como diagnósticos, resultados de exámenes, evaluaciones de facultativos y cualesquiera tratamientos o intervenciones practicadas.