Economía

Hacienda otorga facilidades fiscales a negocios y personas afectadas por Otis

Hacienda anunció que los negocios y personas afectadas por el pago en parcialidades de la retención del IVA, ISR e IEPS

La autoridad señaló que las personas físicas se les difiere la obligación de presentar su declaración del quinto y sexto bimestre de 2023. (Felix Marquez/AP)

La Secretaría de Hacienda anunció facilidades y estímulos fiscales para las personas, pequeños negocios y empresas ubicadas en Guerrero, que resultaron afectadas por el huracán Otis.

A través de un decreto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) señaló que, con el fin de contribuir a la reactivación de la planta productiva y preservar las fuentes de empleo, el gobierno federal determinó:

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  • Eximir a los contribuyentes de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023; así como por el cuarto trimestre y el tercer cuatrimestre de 2023.
  • Relevar a las personas y negocios del Régimen Simplificado de Confianza de la obligación de efectuar los pagos mensuales del ISR en dichos meses.
  • Permitir, a quienes continúan tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal, diferir la obligación de presentar las declaraciones correspondientes al quinto y sexto bimestres del ejercicio fiscal de 2023.
  • Realizar pagos en parcialidades del ISR retenido por salarios correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023.
  • Efectuar el pago en parcialidades del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023.

“El otorgamiento de los beneficios fiscales aplican solo los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas por el huracán Otis”.

—  Secretaría de Hacienda

Facilidades extraordinarias

Hacienda señaló que los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas podrán presentar mensualmente las declaraciones del IVA correspondientes al segundo semestre de 2023.

Autorizó la deducción inmediata y hasta 100% del monto original de la inversión en bienes nuevos y usados de activo fijo, que se realicen en las zonas afectadas en el periodo comprendido de octubre, noviembre y diciembre de 2023.

También se comprometió a devolver el Impuesto al Valor Agregado de aquellas solicitudes que se presenten a más tardar en diciembre de 2023, en la mitad del plazo señalado en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.

La autoridad señaló que los contribuyentes que cuenten con autorización para realizar el pago en parcialidades omitidas en términos del Código Fiscal de la Federación, podrán diferir por tres meses dichas parcialidades, reanudando el pago a partir de enero de 2024, conforme al esquema que les haya sido autorizado.

Indicó que no se considerarán ingresos acumulables, para efectos del ISR, los apoyos económicos o monetarios que provengan de personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles.

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