Como cada año, el 20 de diciembre es el último día para que los trabajadores y pensionados reciban su aguinaldo, derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en su artículo 87, donde se establece que en caso de no pagarlo en la fecha límite, el patrón puede recibir una multa que va de los 18 mil 260 a los 365 mil 200 pesos.
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Es así que, el pago se realiza las últimas semanas del año, pero para los trabajadores del Gobierno Federal se establece que el aguinaldo debe pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del siguiente año.
El aguinaldo nunca se pagará en especie, es decir, no está permitido hacerlo a través de mercancías, vales y fichas que pretendan sustituir el pago en efectivo y con la moneda en circulación.
Por ello, pasando dichas fechas límites, todos los trabajadores, sindicatos, federaciones y confederaciones de personas trabajadoras cuentan con el respaldo de la Procuraduría Federa de la Defensa del Trabajador (Profedet) para realizar una denuncia contra esta violación.
¿Qué pasa si no me pagaron el aguinaldo?
Existe una serie de sanciones y denuncias en contra de aquellos patrones y compañías que incumplan con su obligación, las cuales se pueden presentar ante las instancias jurisdiccionales correspondientes como las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Tribunales Laborales Federales o Locales y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
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La Profedet también puede apoyar en caso de no recibir el aguinaldo porque ofrece los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica a fin de realizar acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo.
Requisitos para levantar una denuncia en Profedet
Si no recibiste tu aguinaldo en la fecha límite que estipulada por la LFT cuentas con todo la facultad para levantar una denuncia ante la Profedet, quien brinda asesoría legal y gratuita en los procedimientos que atenten contra los derechos de las personas trabajadoras.
Si acudes a poner tu queja debes presentar la siguiente documentación, la cual ayudará a los abogados a conocer tu situación laboral:
- Identificación oficial vigente
- CURP
- Contrato laboral
- Credencial de empleado
- Recibos de nómina
Además, es importante considerar que el periodo habilitado para denunciar que no se pagó el aguinaldo es de un año, sin embargo, las autoridades aconsejan no dejar pasar el tiempo y realizar el trámite lo más pronto posible.
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EL DATO... La sede de esa dependencia se ubica en la colonia Doctores en la calle Doctor José María Vertiz número 211, Ciudad de México. En el caso de no encontrarte en la Capital puedes recibir atención telefónica en los siguientes números: 55 57 09 32 33, extensión 4001 y 55 53 80 200, extensión 4050; al 80 09 11 78 77 y 80 07 17 29 42.
También puedes mandar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx. para recibir atención remota.