Economía

SAT otorga 3 meses para que contribuyentes aún emitan facturas en versión 2.0

El 31 de diciembre terminó el periodo para no emitir multas para quienes no emitieron comprobantes fiscales con Carta Porte

SAT amplia periodo para emisión de facturas en la versión 2.0
El SAT recordó que el 28 de septiembre se publicó la versión 3.0 de los comprobantes fiscales FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para que los contribuyentes emitan sus facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de este año, con el fin de que puedan adaptarse a la nueva versión.

Esta medida se tomó luego de que se haya establecido que el periodo de convivencia de las versiones 2.0 y 3.0 sería hasta el 31 de diciembre de 2023, pero se decidió otorgar tres meses más.

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Asimismo, el SAT recordó que el 28 de septiembre se publicó la versión 3.0 de los comprobantes fiscales, la cual entró en vigor el 25 de noviembre de 2023.

El 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones, que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte”.

La Carta Porte es un documento fiscal que respalda el traslado por México de bienes y mercancías, en él se detalla toda la información relacionada con el transporte, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como el medio por el que se mueven, tanto aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte.

De acuerdo con el SAT, el Carta Porte tiene el objetivo de otorgar seguridad a los contribuyentes y transportistas, ya que así contribuye a combatir el contrabando y el uso ilegal de los medios de transporte para actividades ilícitas en territorio nacional.

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“Este complemento es obligatorio desde el 1 de enero de 2022 y las personas físicas y morales pueden generar sus facturas electrónicas con complemento Carta Porte a través de los servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación”.

Además, la información registrada en el complemento Carta Porte está protegida por el secreto fiscal, por lo que fortalece el comercio formal, combatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.

Para mayor información, pueden consultar las siguientes páginas:

http://omawww.sat.gob.mx/cartaporte/Paginas/default.htm

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm

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