Economía

Estas son las deducciones personales que puedes hacer en tu declaración anual

El SAT informó que la Ley del ISR establece nueve deducciones personales, que pueden generar una devolución de impuestos

Las deducciones son una serie de gastos que se restan a tus ingresos, para calcular el monto de impuestos que debes pagar al SAT. (Crisanta Espinosa/Cuartoscuro)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la lista oficial de deducciones personales, que las personas físicas pueden presentar en su declaración anual de impuestos.

Señaló que las deducciones permiten a los contribuyentes disminuir algunos gastos personales y, en sus caso, obtener la devolución de una parte de sus impuestos, si su declaración anual arroja un saldo a favor.

Indicó que, para hacer efectivo el beneficio, las personas deben contar con la factura de cada servicio adquirido y haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.

¿Qué gastos se pueden deducir?

El SAT informó que los contribuyentes pueden deducir:

1. Gastos médicos

Se pueden incluir honorarios médicos, dentista, psicología, nutrición, enfermería, tratamientos; gastos por incapacidad o discapacidad, hospitalarios, medicinas incluidas en facturas por hospitalización (no comprobantes de farmacias).

Así como análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación y lentes ópticos graduados, hasta por un monto de 2 mil 500 pesos.

2. Gastos funerarios

Son deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual del ejercicio a declarar. El servicio puede ser para el contribuyente, su cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos.

3. Donativos

Incluye los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación. El límite es hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.

4. Colegiaturas

La cantidad pagada por cada uno de los hijos no debe exceder los siguientes límites anuales:

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos
  • Primaria: 12 mil 900 pesos
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos;
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos

5. Gastos de transporte escolar

Aplica cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura.

6. Aportaciones complementarias al retiro

Incluye las aportaciones complementarias o voluntarias realizadas directamente a la subcuenta.

7. Cuentas especiales y personales para el ahorro

Son los depósitos que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro, cuyo monto no exceda de 152 mil pesos en el año.

8. Primas de seguros de gastos médicos

Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos, cuyos beneficiarios sean tanto el contribuyente como su cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta.

9. Créditos hipotecarios

Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

Puntos clave sobre las deducciones

El SAT señaló que:

  • El monto total de las deducciones personales –excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas– no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
  • Los contribuyentes que tributaron en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), durante el ejercicio 2023, no pueden aplicar deducciones personales.
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