El Instituto Nacional Electoral (INE) debe buscar, en su caso, publicar el mapa de riesgos y focos rojos identificados en la Ciudad de México durante el proceso electoral del 2 de junio de 2024, indicó el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
De acuerdo con el Instituto, una persona solicitó al INE conocer el mapa de riesgos y focos rojos del proceso electoral, especificando calles, colonias y alcaldías peligrosas para la instalación de casillas y la presencia de autoridades electorales en la CDMX. El órgano electoral indicó que no cuenta con atribuciones sobre la información solicitada y declaró su inexistencia, lo que motivó al particular a presentar un recurso de revisión ante el Inai.
Piden búsqueda exhaustiva
Tras ello, Josefina Román Vergara, comisionada del Inai, analizó el caso y determinó que el INE tiene diversas unidades administrativas encargadas de supervisar y llevar a cabo todo lo relacionado con el seguimiento del plan integral y calendario de los Procesos Electorales Federales.
Por lo tanto, enfatizó que el ente comicial omitió realizar la búsqueda en la Presidencia del Consejo Local y en la Secretaría Ejecutiva, por lo que no cumplió con el procedimiento de búsqueda exhaustiva establecido en la ley de la materia.
La consejera dijo que existen elementos que indican que el INE sí podría contar con lo solicitado, ya sea porque lo generó o porque lo posee. Además, enfatizó que la respuesta otorgada al solicitante no fue emitida conforme a derecho y, por esa razón, no se validó la inexistencia de la información.
El tema expuesto resulta trascendente, pues se debe transparentar la forma en que el INE adoptó las medidas conducentes para garantizar el ejercicio de los derechos políticos en las pasadas elecciones”,
— Josefina Román
Por lo que el Pleno del Inai revocó por unanimidad la respuesta del INE y le instruyó a realizar una nueva búsqueda con criterio amplio y entregar la información solicitada. En caso de no localizarla, su Comité de Transparencia deberá declarar formalmente su inexistencia.