Economía

Estallan empresarios contra Ley Silla: menos horas productivas y más gastos

¿Enojo? Con la Ley Silla empresas pagan 48 horas, pero solo se trabajan 42 a la semana, señaló la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio

Quejas: La nueva norma laboral reduce hasta 18.75% el tiempo productivo y dispara los costos operativos, señaló el sector empresarial.
Quejas: La nueva norma laboral reduce hasta 18.75% el tiempo productivo y dispara los costos operativos, señaló el sector empresarial. (Freepik)

Las empresas del país expresaron su rechazo absoluto contra denominada Ley Silla; señalaron estas normatividad recorta las horas de trabajo efectivas, genera mas gastos y afecta al productividad.

La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servytur) señaló que dicha ley–vigente desde el 17 de junio de 2025– generó “una profunda incertidumbre operativa y jurídica en miles de centros de trabajo”.

Apuntó que, si bien, la Ley Silla reconoce el derecho de las y lo trabajadores a contar con sillas con respaldo y pausas activas durante su jornada laboral, no establece lineamientos técnicos mínimos para garantizar su efectiva aplicación sin daños para los centros laborales.

Considero que la nueva ley no define duración, frecuencia ni criterios por tipo de actividad; delega a cada empleador la responsabilidad de determinar los esquemas de descanso, mediante evaluaciones de riesgo; mientras que las autoridades estatales pueden aplicar criterios propios y diferenciados.

“Debemos de considerar que estamos frente a una reducción efectiva del tiempo de trabajo, sin un marco normativo claro. Las empresas deben cumplir, cuidar el bienestar de su personal y mantener la productividad, pero no tienen parámetros técnicos que les brinden certeza”, dijo el presidente de la Concanaco Servytur, Octavio de la Torre de Stéffano.

Ley Silla recorta jornada de trabajo a 6.5 horas

A través de un informe, publicado este 21 de julio de 2025, la Concanaco señaló que –en las condiciones descritas– la Ley Silla reduce la jornada efectiva de trabajo en México de ocho a 6.5 o, en el mejor de los casos, a siete horas diarias.

“Bajo una jornada laboral de 8 horas, con dos pausas activas de 15 minutos y un descanso de comida de otros 30 minutos, el total de tiempo no productivo, pero sí pagado, se dispara hasta 1 hora” apuntó.

Esto significa, refirió el organismo, que si se considera una jornada laboral de siete horas diarias, durante seis días a la semana, el tiempo de trabajo productivo es de 42 horas semanales, aunque el empleador cubre un salario por 48 horas.

“Es decir, se trabajan efectivamente 42 de 48 horas por semana y, en muchos casos, donde las pausas se amplían o se otorgan con mayor frecuencia, la jornada se reduce hasta 6.5 horas efectivas, lo que equivale a una disminución de 18.75% del tiempo operativo diario”, puntualizó.

Esto, subrayó, impacta directamente la planificación de turnos, metas de productividad y costos operativos, especialmente para los negocios que dependen del flujo constante de consumidores, como es el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).

Impacto económico adicional

La Concanaco reportó que, bajo el escenario descrito, cada trabajador formal recibe 39% menos de su salario, ya que ese porcentaje se aporta –por los sueños de los negocios– en cuotas obrero-patronales, IVA, ISR, impuestos sobre nómina y seguridad social, entre otros conceptos.

Subrayó que cualquier reducción de tiempo efectivo de trabajo agrava los desafíos financieros del sector formal, que ya enfrenta una sobrerregulación y elevados costos de operación.

Sostuvo que, aun cuando la Secretaría del Trabajo publicó lineamientos generales de la Ley Silla, el 17 de julio pasado, “estos no definen aún los aspectos técnicos esenciales sobre las pausas activas, lo que genera ambigüedad y posibles interpretaciones arbitrarias.

Por ello, destacó, la Concanaco solicitado formalmente a dicha dependencia la emisión urgente de lineamientos complementarios a la nueva normatividad laboral que incluyan:

  • Tiempos mínimos y máximos de descanso.
  • Criterios proporcionales por tipo de actividad y tamaño de empresa.
  • Mecanismos de implementación gradual y acompañamiento técnico-fiscal.
DV Player placeholder

Tags


Lo Último