Economía

SAT multará desde 2026 a contribuyentes sin Buzón Tributario actualizado

Quienes no tengan habilitado o actualizado su Buzón Tributario enfrentarán multas de entre 3,850 y 11,540 pesos, según el IMCP

Oficina del SAT
Oficina del SAT multará a contribuyentes sin Buzón Tributario actualizado

A partir del 1 de enero de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá imponer multas económicas a los contribuyentes que no tengan habilitado su Buzón Tributario o que no hayan registrado y actualizado sus medios de contacto.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) esta obligación —que ya existía en la ley— entra a una nueva etapa: dejará de estar sólo en el papel y comenzará a sancionarse de manera efectiva.

El organismo de contadores recordó que, aunque en ejercicios anteriores la autoridad fiscal había pospuesto la aplicación de estas multas mediante reglas de carácter general, la prórroga termina al cierre de 2025. Por ello, llamó a empresas y personas físicas a revisar cuanto antes si su Buzón está activo y con datos de contacto vigentes.

IMCP: Buzón Tributario
IMCP llama a los contribuyente a tener actualizado su Buzón Tributario

¿Cuánto te pueden multar por no tener Buzón Tributario?

El SAT considera como infracción no habilitar el Buzón Tributario, no registrar medios de contacto o mantenerlos desactualizados en su plataforma en línea.


Con base en lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, las sanciones pueden ir de 3,850 a 11,540 pesos, dependiendo del tipo de contribuyente y de la reincidencia.

El IMCP subraya que estas multas forman parte de una batería más amplia de medidas fiscales que entrarán en vigor en 2026, en un contexto en el que la autoridad apuesta por reforzar el cumplimiento a través de canales digitales y cruces automatizados de información.

¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. A través de este mecanismo se envían avisos, requerimientos, solicitudes de información y resoluciones.

Desde 2020, la habilitación del Buzón es obligatoria para la mayoría de las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, salvo ciertos casos específicos, como contribuyentes cancelados o suspendidos en el RFC, personas sin obligaciones fiscales o sin actividad económica.

El IMCP recordó que, además, las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen como fecha límite el 1 de enero de 2026 para cumplir con la obligación de habilitar su Buzón Tributario, de acuerdo con las facilidades previstas en la Resolución Miscelánea Fiscal.

SAT buzón tributario
SAT buzón tributario Prepara tu lista, hasta cinco direcciones de correo electrónico te puede pedir el SAT para habilitar tu buzón tributario. (Foto: Especial)

Paso a paso: así puedes habilitar o actualizar tu Buzón en el SAT

El proceso puede hacerse en línea en pocos minutos:

  • Entra al portal oficial del SAT (sat.gob.mx) y selecciona la opción “Buzón Tributario”
  • Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma
  • Registra al menos un correo electrónico y un número de teléfono celular; la plataforma permite agregar más de una dirección de correo
  • Confirma los códigos de verificación que llegarán por SMS o email
  • Guarda el acuse de habilitación o de actualización de datos

Contadores del IMCP recomiendan, además, revisar de forma periódica los mensajes que llegan al Buzón Tributario, ya que muchas notificaciones se consideran legalmente realizadas aunque el contribuyente no las abra, siempre que hayan sido puestas a disposición en el sistema.

Riesgos de ignorar el Buzón Tributario

No contar con el Buzón habilitado o no revisar los avisos que envía el SAT puede tener consecuencias que van más allá de la sanción económica.

Si las notificaciones no se atienden en tiempo, los contribuyentes pueden enfrentar requerimientos adicionales, determinación de créditos fiscales, recargos o, en casos extremos, la cancelación de sellos digitales que impiden timbrar facturas.

En caso de duda, el IMCP sugiere acercarse a un contador público certificado para revisar, junto con otras obligaciones de cierre de ejercicio, que el Buzón Tributario no vaya a convertirse en un foco de riesgo el próximo año.

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