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El PRI perdió la impugnación local a elección a la gubernatura de Sinaloa en 2021 y no reiteró la impugnación ante el TEPJF

Aunque podían y tenían la obligación de hacerlo, ni el PRI ni el entonces candidato —hoy senador— Mario Zamora impugnaron la sentencia del tribunal local ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Ahora el tribunal da su resolución
Sinaloa (Cortesía)

El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa confirmó la validez de la elección para la gubernatura de 2021 y rechazó la impugnación promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), al concluir que no existieron irregularidades determinantes que justificaran la anulación de los comicios.

Además, la resolución establece que, aunque tanto el PRI como su entonces candidato a gobernador, hoy senador, Mario Zamora Gastélum, tenían la posibilidad jurídica de acudir ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ninguno de los dos promovió un recurso federal para controvertir la sentencia local.

De acuerdo con el expediente electoral 2020-2021, el PRI presentó el 17 de junio de 2021 un Recurso de Inconformidad contra los resultados de la elección para gobernador, luego de que el Instituto Electoral del Estado entregó la constancia de mayoría a Rubén Rocha Moya, candidato de Morena y el Partido Sinaloense.

La impugnación quedó registrada bajo el expediente TESIN-INC-06/2021 ante el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.


Sin embargo, el 9 de julio de 2021, el órgano jurisdiccional resolvió que los argumentos expuestos por el PRI no acreditaban violaciones graves ni irregularidades suficientes para invalidar la elección. Los magistrados señalaron que gran parte de los señalamientos carecían de sustento probatorio y no cumplían con los criterios legales necesarios para modificar el resultado electoral.

La sentencia precisó que únicamente se confirmaron incidentes aislados en 23 casillas de un total de 4 mil 986 instaladas en la entidad, lo que representó apenas el 0.46 por ciento del total. El tribunal determinó que dichos hechos no tuvieron impacto determinante en el resultado final de la votación.

En esa elección, Rubén Rocha Moya obtuvo el 56.60 por ciento de los votos, mientras que Mario Zamora alcanzó el 32.49 por ciento, con una diferencia superior a los 24 puntos porcentuales.

El fallo también subraya que, una vez emitida la resolución del tribunal local, ni el PRI ni Mario Zamora Gastélum presentaron una impugnación ante la Sala Superior del TEPJF dentro de los plazos establecidos por la ley.

Incluso, el documento refiere que el entonces candidato de la coalición “Va por Sinaloa” podía acudir directamente al máximo tribunal electoral del país mediante un juicio para la protección de los derechos político-electorales, conforme a jurisprudencia emitida por el propio TEPJF. No obstante, esa vía legal no fue utilizada, por lo que la sentencia emitida en Sinaloa quedó firme y definitiva.

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