¡Gran noticia para la construcción de la paz en el país! Ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Protocolo Nacional para la Actuación Policial ante casos de Violencia contra las Mujeres y el Feminicidio. Se trata de un excelente instrumento por y para las mujeres, pues la intervención de los cuerpos policiales es vital para aplicar la ley en cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de delito ya sea: alto o inminente, medio o bajo.
La igualdad entre hombres y mujeres representa una condición indispensable para lograr el desarrollo pleno de cualquier sociedad, sin embrago, la discriminación y violencia contra las mujeres es uno de los problemas que más aquejan a nuestra sociedad, porque atenta directamente contra los derechos de las mujeres al libre desarrollo de la personalidad, la dignidad, la libertad e incluso la vida.
El Protocolo Nacional para la Actuación Policial ante casos de Violencia contra las Mujeres y el Feminicidio es una guía metodológica y operativa para los cuerpos policiales que actúan como primeros respondientes para garantizar una efectiva atención policial con enfoque de derechos humanos de las mujeres, actuando con perspectiva de género y acorde a los principios de legalidad y debida diligencia.
Algunas recomendaciones de este protocolos son: Separar a la víctima de la persona agresora para evitar una posible intimidación o nueva agresión; actuar libre de estereotipos, roles y prejuicios impuestos a las mujeres, ya que cuando existen creencias socioculturales de inferioridad de las mujeres, éstas afectan de forma negativa la respuesta policial ante los casos.
Es importante considerar que la ausencia de heridas extremas visibles no significa que la víctima no haya sido agredida, ya que con frecuencia se presentan heridas externas y/o internas que no son visibles, por lo que habrá de identificarse si requiere atención médica urgente.
Se deberán registrar las agresiones psicológicas, sexuales, patrimoniales y económicas que la víctima refiera, pues es fundamental atender la demanda explícita e implícita de las mujeres que se acercan a pedir ayuda a la autoridad de seguridad pública para así orientarlas sobre la importancia de ejercer su derecho al acceso a la justicia a través de la interposición de querella o denuncia.
Para este fin, las y los servidores públicos con funciones de seguridad pública que intervengan como primeros respondientes en caso de violencia contra las mujeres deberán: contar con conocimientos básicos en violencia de género contra las mujeres; contar con nociones básicas de la legislación sobre la violencia contra las mujeres.
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Conocer en qué consisten las medidas de protección y los mecanismos básicos para su emisión; conocer el Protocolo Nacional de Actuación del Primer Respondiente, el Protocolo de Actuación para el Uso de la Fuerza, y la Guían Nacional de Cadena de Custodia.
Contar con conocimientos básicos para brindar primeros auxilios psicológicos, así como ser una persona sensible, respetuosa, amable, empática, diligente y responsable de su actuar ante las víctimas directas, las víctimas indirectas, las víctimas potenciales, y la violencia feminicida.
La Cuarta Transformación avanza en beneficio de los derechos de las mujeres de nuestro país para garantizar las plenas libertades y la imperiosa necesidad de reducir la violencia y vivir en paz.