La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad dos fracciones de Ley del Notariado de Puebla, que fue enviada al Congreso local, en las que se plantea suspender a notarios que estén vinculados a un proceso penal y también eliminó el requisito de ser mexicano por nacimiento para acceder al cargo.
Desde el 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad que invalida los artículos 55 fracción I y el 201 fracción I de dicha ley, pues transgreden los derechos de igualdad y no discriminación, así como la libertad de trabajo, presunción de inocencia y legalidad.
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La magistrada ponente del proyecto, Yasmín Esquivel Mossa explicó que la fracción I del artículo 201, vulnera el principio de presunción de inocencia, pues otorga el tratamiento de culpable a quienes se encuentren en tal circunstancia.
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Puntualizó que el auto de vinculación a proceso no es una resolución en la que se determine la existencia del delito y solo es una etapa donde existe la probabilidad de que pueda ser responsable o no de la comisión del delito.
En cuanto al requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento, tener veinticinco años cumplidos y no más de 60 años al momento de solicitar el examen, los magistrados declararon que debe ser invalidado, pues los estados no están facultados para establecer tal condición para ocupar y ejercer cargos o funciones públicas.
Este sería el segundo revés que recibió el Congreso de Puebla, pues el 27 de septiembre la Corte invalidó el requisito establecido en la Ley de Búsqueda de Personas, que consiste en no haber sido inhabilitado como servidor público para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas.
Cabe mencionar que estas modificaciones a la ley se dan luego de que el gobernador Miguel Barbosa Huerta cerrara las 29 notarías que se dieron en gestión de Rafael Moreno Valle; sin embargo, diputados panistas han señalado que con esta nueva ley se darían 195 notarías de manera discrecional.