Los propietarios de bares y centros nocturnos en Puebla, que se oponen a la reducción del horario de cierre, han solicitado a las autoridades estatales la realización de foros de diálogo para exponer las afectaciones que esta medida causará.
La Asociación de Empresarios de la Vida Nocturna de Puebla ha señalado que la nueva Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas, que limita la venta de alcohol hasta las 2:00 de la madrugada, pone en riesgo a un sector que ya fue severamente afectado durante la pandemia de Covid-19.
Los empresarios han destacado que estos establecimientos generan miles de empleos directos e indirectos, incluyendo puestos de meseros, bartenders, personal de limpieza, valet parking y seguridad, entre otros, lo que impactaría a numerosas familias.
En este contexto, la asociación ha hecho un llamado a los legisladores y al gobierno del estado para llevar a cabo foros de trabajo donde puedan expresar sus necesidades y las consecuencias que traerá el nuevo reglamento.
Los dueños de centros nocturnos han recordado que, durante la pandemia, implementaron medidas de seguridad para proteger tanto a clientes como a empleados, incluyendo consumo controlado y servicio de chofer para asegurar el regreso seguro a sus hogares.
“Hacemos un llamado a las autoridades para que no permitan que se pierda la diversión nocturna, junto con los miles de empleos que dependen de ella”, declararon.
¿Qué contempla la nueva ley para bares y antros?
El 27 de junio, los diputados aprobaron reformas a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas, la Ley de Seguridad Privada y el Código Penal, propuestas por el gobernador Sergio Salomón Céspedes. Entre las nuevas medidas que deberán cumplir estos establecimientos se incluyen:
- Reducción del horario de cierre de 3:00 a 2:00 a.m.
- Sanciones de seis meses a seis años de prisión y multas de 100 a 1,000 Unidades de Medida de Actualización (UMA) para quienes vendan, distribuyan o suministren bebidas alcohólicas sin licencia o fuera de los horarios establecidos.
- Instalación de un circuito cerrado de cámaras de videovigilancia, cuyas grabaciones deberán ser entregadas a la autoridad en caso de ser requeridas.
- Prohibición de “cadeneros”; el personal de seguridad deberá pertenecer a empresas registradas y autorizadas por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).