Querétaro

Diputados plantean multas de más de 51 mil pesos y 8 años de prisión para sancionar maltrato y crueldad animal

Se aumentan las sanciones por maltrato animal en el estado de Querétaro.

En Querétaro el maltrato animal será sancionado con acciones administrativas que van desde amonestaciones, apercibimiento, arrestos de hasta 36 horas y multas de 40 a 500 UMA, es decir desde 4 mil 149 pesos hasta 51 mil 870 pesos, explicaron los diputados Daniela Salgado, Enrique Correa, Manuel Pozo y Ricardo Astudillo, en el marco de la presentación de la Ley de Protección, Cuidado, y Control animal para el estado de Querétaro.

Así mismo, se plantea modificar el Código Penal en las sanciones para la crueldad animal, ya que actualmente se consideraban 15 meses y se amplía a una pena mínima de 3 años de prisión, en caso de que se compromete algún órgano la pena será de 4 años, y en caso de uso de químicos, material explosivo, se graba o toman fotografías para promover este tipo de actos alcanzará a una pena máxima de 8 años de prisión.

Enrique Correa precisó que la legislación no queda solo en un tema de sanciones, sino también de educación para la creación de una cultura de respeto y cuidado de los animales, por lo que se involucra a las Secretarías de Educación, Salud, Desarrollo Sustentable, y Seguridad Ciudadana, ya que no estarán exentas de regulación y vigilancia aquellas personas o establecimientos que brinden servicios para mascotas.

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Además, se establecen obligaciones para que los municipios, en un plazo de 180 días después de la aprobación de la ley, generen adecuaciones o nuevos reglamentos municipales; se obliga a la creación de un padrón de mascotas, el cual debe ser gratuito; además de que en un plazo no mayor a 365 días cada municipio conforme un centro de control, cuidado y protección animal, explicó el legislador Ricardo Astudillo.

La legisladora Daniela Salgado, enfatizó que se trata de una “ley ambiciosa”, ya que reconoce las mascotas como seres sintientes y como sujetos de derechos, lo que aseveró será un ejemplo para el país, puesto que combatirá “los animales en las azoteas”, pero también la omisión en el cumplimiento de acciones básicas como la alimentación, un lugar adecuado para vivir, a falta de atención médica veterinaria, así como el abandono y las agresiones físicas o la muerte intencionada de los animales.

Se trata de una legislación nueva, toda vez que con la creación del Código Ambiental del estado se abrogó la ley de bienestar animal, que comprendía 90 artículos y se incluyó como capítulo, pero que en esta propuesta tras los trabajos con organizaciones y autoridades con competencia en la materia se establecieron 145 nuevos artículos.

“Vienen conceptos muy claros con lo que es el bienestar animal y las condiciones de los poseedores de los animales, así como lo que representa el maltrato animal, además se da dientes a la autoridad para que puedan tomar medidas, no solo un catálogo de obligaciones, sino sanciones administrativas y penales”, apuntó Manuel Pozo Cabrera.


Sin embargo, reconocieron que en esta legislación no se consideraron actividades como las peleas de gallos, la charrería o la tauromaquia, al considerar que ya existe la regulación sobre el tema, y que en el caso de los toros es una actividad con declaratoria de Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado.

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