Jalisco

Empresas bajo la mira: aumentan este año los requisitos para comprobar que no son ilegales

Las empresas que ofrezcan servicios fuera de sus instalaciones como de limpieza, seguridad, asesoría o asistencia, entre otras, deberán enviar información mensual y cuatrimestral a varias dependencias federales para comprobar que no son factureras o lavadoras de dinero; si incumplen les cancelan sus operaciones

De las 140 mil unidades económicas que ofrecen servicios especiales, apenas 80 mil ya hicieron su registro; las restantes u operan en ilegalidad o ignoran que deben hacer este registro.

Un sello de la actual administración es el combate a la evasión de impuestos y lavado de dinero para ello se dotó desde 2019 de herramientas que, a decir de algunos sectores de la inversión privada, rayan incluso en el terrorismo fiscal.

En 2021 se desarrollaron nuevas reglas que muchos empresarios ignoran, sobre todo en lo relacionado al combate al lavado de dinero y el freno a las llamadas empresas factureras, así como detener la subcontratación.

El especialista empresarial, Javier Zepeda Orozco, asesor y consultor de diversas compañías nacionales y trasnacionales, explica los nuevos requerimientos que le están haciendo a las empresas que ofrecen servicios especiales y que implicará una nueva sobrecarga de trabajo por la necesidad de diversas autoridades federales de que se les esté dotando periódicamente de información.

El especialista empresarial, Javier Zepeda Orozco, explicó que todos los requisitos que le están exigiendo a las empresas les están generando una sobrecarga operativa para demostrar sus actividades ante el IMSS; Infonavit, SAT y Secretaría del Trabajo.

Esta administración ha sido particularmente exigente con las personas morales y físicas para frenar el lavado de dinero. ¿Qué reformas hay en 2022 para combatir esta práctica?

- En 2021 hubo una reforma denomina estructural, la reforma laboral, que por cierto lado combatió la subcontratación de personal, lo que se conocía como el outsourcing. Pero dentro de las negociaciones del gobierno federal, la inversión privada y la parte obrera, llegaron a cierto punto donde se podía regular la subcontratación de servicios especializados.

En ese sentido las empresas, más de 80 mil, tuvieron que registrarse en el padrón del REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas).

El 2021 fue un año muy complejo para este tipo de empresas sobre todo por el pánico que generó el poco tiempo que tenían para registrarse, eran grandes problemáticas e incluso grandes cantidades de rechazos que tenía al intentar una y otra vez este registro. Hoy hay muchas empresas que tuvieron la posibilidad de seguir después de hacer este registro con la Secretaría del Trabajo.

El registro del REPSE se hizo en buena medida para combatir la subcontratación o outsourcing, que implicaba en muchos casos que no se atendieran los derechos laborales de los trabajadores.

¿Cuánto plazo les habían dado para registrarse en el REPSE?

- Imagínate, entró en vigor el 24 de abril y se tenía más tardar el 1 de septiembre para cumplir con el proceso de registro. Hablamos sólo de cuatro meses, pero tomando en cuenta que en esa reforma la Secretaría del Trabajo tenía hasta 20 días hábiles para responder una solicitud, entonces conforme pasaba el tiempo, eran más peticiones, tenía más carga operativa la Secretaría del Trabajo y tardaba más en responder. De este modo 20 días hábiles se trasladaban a 30 días naturales.

Ese tiempo de espera era revisar día tras día sí había una respuesta de parte de la Secretaría del Trabajo a las solicitudes de registro. De repente pasaban los 30 días y las respuestas en ocasiones eran rechazos. Entonces a los cuatro meses que tenías sólo le quedaban tres. Era volver a intentar la solicitud y en un segundo rechazo eran prácticamente dos meses perdidos.

¿Cuál era la parte compleja? que estas empresas corrían el riesgo de dejar de operar; sus clientes cancelaban contratos porque no cumplían con la normativa y entonces se volvió un tema bastante crítico. Poco más de 80 mil empresas cumplen hoy, tienen el registro y saben que tienen obligación, entre otras cosas. de entregar documentos informativos al IMSS y al Infonavit de manera cuatrimestral: los contratos, importes, datos de los trabajadores, salarios base y cotizaciones, datos de la empresa como tal, quiénes son los representantes legales, actas constitutivas. INE, poderes notariales, información general de la empresa, contratos de prestación de servicios profesionales con sus clientes.

Estas informativas se presentan cada cuatro meses. De hecho este mes, entre el 1 y el 17 de enero se debía presentar la informativa qué corresponde al cuatrimestre septiembre a diciembre. Empezamos el año 2022 con una carga operativa importante de estas empresas

¿Esto cómo afecta el tema del combate al lavado de dinero?

- Regresando al tema de la Ley Antilavado, no se le dio mucha difusión por parte del gobierno y de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) e incluso por parte del propio SAT (Sistema de Administración Tributaria), pese a ser los responsables de recibir esta información.

Hubo una modificación a la Ley Antilavado que se publicó y entró en vigor en 2013 sin embargo renace o se recrudece a finales de 2019. Incluso en aquel año, por parte del Gobierno Federal se manda un mensaje y se dice que los contadores son quienes deben reportar cualquier actividad ilegal financiera del ente que representan.

En 2019 incluso llegan a mandar el mensaje vía buzón tributario, prácticamente a todos los contadores registrados y se les dice que están cayendo en una actividad vulnerable. La propia Yeidckol Polevnski y el presidente López Obrador en aquel tiempo se atrevieron a decir que son los contadores quienes organizan las estrategias fiscales para que los contribuyentes paguen los impuestos. Se les echaron encima pues.

En 2019 es cuando de renace la Ley Antilavado, pero en este 2021 no se da a conocer de manera pública y expuesta que a partir de octubre todas estas empresas, más de 80 mil dedicadas a servicios especializados y tienen el registro del REPSE, tienen obligación de registrarse también en el padrón de la Ley Antilavado. Este es un punto de interés porque al no darse esa difusión y esa comunicación por parte de las instituciones, literalmente estas 80 mil empresas desconocen que tienen la obligación de, además de las informativas del IMSS y del Infonavit, primero registrarse en la Ley Antilavado y segundo, entregar las informativas de la Ley Antilavado se deben presentar de manera mensual.

Las informativas se tienen que presentar a más tardar cada día 17 de mes y con esto quiero decir que estas más de 80 mil empresas ya en este momento van tarde. En octubre debieron presentar la de septiembre, en noviembre la de octubre y así. Es cosa que muchos no están haciendo y se está convirtiendo en un círculo vicioso para las empresas, en una bola de nieve que crece por tanto cumplimiento de informativas: IMSS, Secretaría del Trabajo, Infonavit, SAT con la Ley Antilavado y que prácticamente son informaciones similares que reciben de manera individual cada una de las instituciones.

¿Qué puedo hacer yo como empresario para atender esta situación?

- Recordemos que las empresas obligadas al REPSE solamente son aquellas las que brindan un servicio especializado o los que se denominan así y cumplan con esta característica: brindan un servicio por medio de sus trabajadores en las instalaciones de su cliente, ¿qué quiere decir? Que no todas las empresas están obligadas a registrarse en el REPSE. Nos referimos a empresas de mantenimiento, de limpieza, de seguridad, de asistencia y soporte, en donde yo ponga personal a su disposición aunque no sea subordinado de ellos y sean mis trabajadores. Solamente son esas empresas las que están obligadas al REPSE y por consiguiente lo del padrón de la Ley Antilavado.

Hay capacidad institucional para que las instancias estén revisando el cumplimiento de las empresas de estas informativas:

- Este es un dato que nos da a conocer la propia Secretaría del Trabajo y es que en noviembre empezó las revisiones a las empresas que se registraron en el padrón del REPSE. Yo en lo personal tuve acceso a tres empresas en Guadalajara, Ciudad de México y Monterrey donde me dijeron: “oye, aquí está la Secretaría del Ttrabajo y están pidiendo los documentos y la información que subimos y registramos para ser proveedores especializados del REPSE”.

Las empresas que tengan operaciones en instalaciones propias y tengan trabajadores registradores no deberán darse de alta en el REPSE o la Ley Antilavado.

¿Y para qué es esta revisión?, pues para validar que efectivamente la empresa cumple con todos los requisitos. Recordemos que gran parte de todo este contexto del REPSE y de la Ley Antilavado de Dinero tiene que ver con la compraventa de facturas y operaciones simuladas, con un concepto de outsourcing ilegal en el que había una enorme cantidad de empresas que prestaba o rentaban personas, pero que no cumplían con todo el esquema de seguridad social, cuotas patronales; por eso es que esta reforma del outsourcing llega a México para quedarse.

En noviembre, la Secretaría del Trabajo empieza a revisar que las empresas registradas en el REPSE sean empresas que tienen la capacidad, estructura, tecnología y personal para operar y que no hayan sido empresas dedicadas al outsourcing ilegal. Hay empresas que se dedicaban a esto e incluso así obtuvieron el registro del REPSE.

Sí tienen la capacidad por estas razones: en el universo de contribuyentes obligados al REPSE eran 140 mil empresas y al día de hoy hay 80 mil registradas. Quiere decir que hay 60 mil razones sociales o empresas que no se registraron, no porque hayan cerrado operaciones, sino probablemente son empresas que no se dedican o no operan en la formalidad. Son tal vez empresas ilegales, factureras o que generaban un esquema de outsourcing ilegal. Entonces hubo muchas empresas de este tipo que decidieron no arriesgarse. La Secretaría del Trabajo sí tiene capacidad. No es lo mismo revisar 80 mil que 140 mil empresas.

Por parte del IMSS, del SAT y del Infonavit sí es posible porque gran parte de la información que reciben es digital, entonces para el SAT es muy sencillo revisar y constatar los CFDI de ingresos y egresos de un contribuyente y que sus operaciones coincidan entre lo que están registrando y lo que están declarando. Sí es posible.

Ahora entendamos que hay una especie de embudo que tiene el SAT, una especie de guía donde del 100% del universo de contribuyentes, los que pasan ciertos filtros, son contribuyentes a los que en este momento no les voy a hacer mucho caso, que los voy a dejar operando porque no me pintan o no me figuran para ciertas revisiones. Pero los que no pasan ciertos filtros son contribuyentes en los que voy a poner un poco más de atención, entonces el SAT en este momento no se enfoca en ese 100%, se enfoca sólo en aquellos que no pasan ciertos filtros de fiscalización, los “focos rojos”.

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