Nacional

CNDH dirige recomendación a la SEP por operativo ‘Mochila Segura’

El organismo nacional asegura que la revisión a alumnos de escuelas públicas y privadas violentó el derecho a la educación, intimidad y participación

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que la aplicación de “El Operativo Mochila Segura” (“El Operativo”), durante la pasada administración, violentó los derechos humanos a la educación, a la intimidad y a la participación, por lo que dirigió la recomendación 48/2019 al Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.

A través de un comunicado, el organismo manifestó que además se violentó el interés superior de la niñez de los alumnos que asisten a escuelas públicas y privadas de educación básica en la Ciudad de México, derivó de investigaciones realizadas por dos dos quejas que consideraron “El Operativo” como un acto de molestia y una política criminalizante contra la niñez mexicana.

«Las autoridades escolares y educativas que lo instruyeron y aplicaron, trasgredieron los derechos mencionados, al no implementar medidas de protección y de cuidado con un enfoque de derechos humanos que garanticen el ejercicio pleno de todos sus derechos y advirtió que “El Operativo” no cuenta con un Protocolo general y homologado que permita su aplicación a nivel nacional que considere el contexto de cada entidad federativa con enfoque de derechos humanos», apuntó.

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Señaló también que la recomendación  ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx y que ante la creciente violencia en los diferentes ámbitos de convivencia del país, cualquier mecanismo que se implemente en relación con la niñez debe ser considerada como una medida de protección y de cuidado y no de seguridad.

Lo anterior, debido a que el operativo carece de un enfoque de derechos humanos, ya que presupone que niñas, niños y adolescentes cometerán algún delito, siendo que la obligación de las autoridades educativas y escolares, tal como lo dispone el artículo 42, primer párrafo, de la Ley General de Educación, es la adopción de medidas de protección y de cuidado que aseguren la preservación de la integridad física, psicológica y social de los educandos, sobre la base del respeto a su dignidad, mas no la creación de medidas de seguridad o de prevención del delito.

Además, la Comisión Nacional reitera que es impostergable contar con un protocolo general homologado de aplicación a nivel nacional para prevenir, detectar, atender, denunciar y sancionar la violencia escolar.

Antecedentes

Con motivo de los hechos ocurridos el 18 de enero de 2017 en la Ciudad de Monterrey, cuando un estudiante de secundaria disparó a su profesora y compañeros mientras estaban en el salón de clases, para luego dispararse a sí mismo, la Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió, en ese mismo día, el “Comunicado 18 Fortalece la SEP, en coordinación con el gobierno de la Ciudad de México, medidas de seguridad en las escuelas de la capital del país”, en el que se señaló que conjuntamente con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) trabajaría en las medidas a aplicar a favor de la seguridad en los planteles educativos.

Al día siguiente, la CNDH solicitó medidas cautelares a la SEP, para que en cualquier acción relativa a “El Operativo” se atendiera el interés superior de la niñez y se previniera cualquier afectación a sus derechos humanos, particularmente a la protección y salvaguarda de su integridad física y su derecho a la intimidad, así como que en cualquier medida a aplicarse, se contara con la participación de los padres o tutores, de las autoridades escolares y de las propias niñas, niños y adolescentes.

Dos días después, la SSP de la Ciudad de México emitió un comunicado en el cual señaló que de manera coordinada con autoridades de la SEP, la colaboración de padres de familia en 8,278 escuelas públicas y privadas y la participación de 12 mil policías, revisaron las mochilas de estudiantes para evitar introdujeran “objetos aptos para la agresión, tales como armas de fuego y punzocortantes, así como sustancias tóxicas”, y que “El Operativo” tenía como finalidad “garantizar la integridad personal y patrimonial de docentes, alumnos, padres de familia, así como evitar la alteración al orden público y la comisión de ilícitos, además de reafirmar el apoyo y presencia de la Policía.”

La CNDH recomienda al secretario atender las observaciones del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), para determinar si es procedente la continuación de “El Operativo” y, en su caso, se aplique como medida de protección y cuidado en favor de niñas, niños y adolescentes, pero bajo un enfoque de derechos humanos y que privilegie el interés superior de la niñez; conformar un grupo multidisciplinario que analice el esquema de operatividad, funcionamiento, supervisión y análisis de resultados de “El Operativo”, y diseñe, publique y difunda el protocolo general y homologado para su aplicación a nivel nacional.

También le solicita colaborar con el Sistema Educativo Nacional para contar con un análisis y diagnóstico sobre la violencia en planteles de educación básica públicos y privados, a fin de elaborar y emitir un Programa Nacional de Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Escolar; realizar medidas adicionales y la impartición del Programa Nacional de Convivencia Escolar, que deberá contener las directrices tendentes a la prevención y eliminación de cualquier forma de violencia en los planteles escolares, así como elaborar, desarrollar y ejecutar un programa de actividades de educación, capacitación y difusión en materia de derechos humanos dirigido a todas las autoridades educativas y escolares, padres de familia o tutores, con el objetivo de que conozcan los derechos de los educandos, la forma en que niñas, niños y adolescentes pueden hacerlos efectivos y las obligaciones y responsabilidades de los participantes, como encargados de su custodia y protección contra toda forma de violencia.

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