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¿Te deben pagar extra si trabajas en Jueves o Viernes Santo?

En México, a algunos trabajadores les dan el Jueves y/o Viernes Santo, pero qué pasa si te toca trabajar esos días

Trabajadores.
Vacaciones La época de Semana Santa es de las preferidas de la gente para tomar un descanso. (Elizabeth Ruiz)

Con la llegada de la Semana Santa, lo primero en que piensa la gente es en las vacaciones, aunque en realidad esto se refiere a la celebración de la principal fiesta para los católicos.

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Durante esta semana, diversas instituciones acostumbran dar a sus trabajadores como día feriado, el Jueves y/o Viernes Santo, pero, ¿cuál es la postura del Gobierno de México?

El calendario de días festivos del Gobierno de México no contempla el Jueves y Viernes Santo como días se asueto obligado, por lo que las empresas no están sujetas a brindar este par de días a los trabajadores, y aún menos, realizar un pago extra en caso de asistencia a las actividades laborales.

Semana Santa.
Semana Santa. Representación de la Semana Santa en la alcaldía Iztapalapa, durante el Jueves Santo. (FOTO: DIEGO SIMÓN SÁNCHEZ /CUARTOSCURO.COM)

Los días que son reconocidos como feriados oficiales en México:

  • 1 de enero, con motivo de Año Nuevo.
  • Primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución.
  • Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo, Natalicio de Benito Juárez.
  • 1 de mayo, por el Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre, por la Independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre por motivo de la Revolución Mexicana.
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Toma de protesta del nuevo presidente de México.
  • El 25 de diciembre, por Navidad.
Balnearios cerca de la CDMX pra ir en Semana Santa
Balnearios cerca de la CDMX para ir en Semana Santa. Miles de personas acudieron al Parque Recreativo Xochiaca, ubicado a unos metros del Tiradero del Bordo de Xochiaca. FOTO: MOISÉS PABLO /CUARTOSURO.COM

¿Cómo se pagan los días feriados?

Con base en la ley del Gobierno de México, en primera instancia las y los trabajadores y las y los patrones deberán determinar el número de trabajadores (as) que deban prestar sus servicios.

Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.

En el caso de Jueves y/o Viernes Santo, la ley no contempla ninguna remuneración extraordinaria, aunque en algunos casos los contratos colectivos de trabajo o individuales sí establecen pago adicional, pero esto no es obligatorio y responde más a un acuerdo entre las partes.

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