Ante la crisis del coronavirus, los patrones del país pueden solicitar y firmar un Convenio de Pagos en Parcialidades, vía remota; para diferir las cuotas que deben pagar al IMSS y ponerse al corriente con sus obligaciones ante esta institución.
La directora de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, Norma Gabriela López Castañeda, informó dicho beneficio es “una medida de apoyo a los empleadores con créditos fiscales; por retraso en el pago de sus cuotas.
Indicó que, derivado de la emergencia sanitaria, algunos empresarios cayeron en dicha condición y ahora buscan regularizar su situación ante el IMSS; por lo que el instituto les ofrece opciones para saldar sus adeudos, sin salir de casa, para prevenir riesgos de contagio por Covid-19.
La funcionaria señaló que el primer beneficio con dicho convenio, “es que el monto del adeudo queda congelado; y solamente se cubre lo correspondiente a la tasa de recargos que establece la Ley de Ingresos.
“En ese sentido, se suspender cualquier acción de facultades de la autoridad para ejercer este crédito; sin que la cantidad siga creciendo y se vuelva un pago en donde puedan llegar a perder el patrimonio”, apuntó.
Facilidades contra el coronavirus

A través de un comunicado, la directora de Incorporación y Recaudación del IMSS recordó que el diferimiento de cuotas patronales no es nuevo; sin embargo ahora es simple y se puede realizar vía remota.
Detalló que los interesados en dichos apoyos, debe enviar un correo electrónico, con la siguiente información:
- Tarjeta de identificación patronal.
- Identificación oficial vigente
- Acta constitutiva de la persona moral; donde aparezcan los datos esenciales
- Poder notarial, en caso de tener algún representante legal
- Un escrito libre donde hagan explícita la solicitud para firmar el convenio
“Los patrones interesados pueden establecer contacto con el Instituto a través del número telefónico 800 623 2323, opción 4; o bien, mandar un correo a la dirección convenio.orienta@imss.gob.mx.
Al recibir la solicitud, el Seguro Social les regresa a los empleadores –por el mismo medio- la propuesta de convenio de pago; y una ficha de pago en el banco correspondiente para que lo lleven a cabo”.
Más detalles sobre el Convenio
La funcionaria del IMSS refirió que esta posibilidad está prevista en la Ley del Seguro Social desde 1997; pero que en su mayoría el trámite debía realizarse de manera presencial.
Sin embargo, indicó, ante la emergencia sanitaria por Covid-19 en México, se ha modificado para hacer uso de las tecnologías de la información en beneficio del usuario.
López Castañeda subrayó que al usar dicho este mecanismo se evita el cobro de multas; debido a que el patrón se regulariza de manera espontánea, sin que medie requerimiento del IMSS.
“Sin embargo, si en la primera parcialidad o en la parcialidad que sea, se llega a incumplir el pago; inmediatamente tenemos que solicitar la garantía para no exponer los ingresos del Instituto”, aclaró.
La funcionaria precisó que las cuotas que se pueden diferir corresponden a los seguros que representan ingresos para el Instituto Mexicano del Seguro Social:
- Invalidez y vida
- Enfermedades y maternidad
- Riesgos de trabajo
- Guarderías y prestaciones sociales
“La parte que paga el trabajador, como es una retención, esa parte se tiene que cubrir al 100%; no es factible de diferirlo. Sin embargo, la parte de la cuota patronal, para los que suscriban el convenio pueden pagar el 20% y el restante 80% diferirlo hasta en un plazo de 12 meses”, concluyó.
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