Economía

Arranca reforma laboral con cierre de Juntas de Conciliación en 8 estados

La reforma laboral permitirá la creación de tribunales federales y locales, especializados en materia laboral; que sustituyen a las actuales Juntas de Conciliación y Arbitraje

La reforma laboral en México arranca este miércoles, 18 de noviembre de 2020, con el cierre de las tradicionales Juntas de Conciliación y Arbitraje en ocho estados del país, informó la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS).

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La dependencia federal indicó que, en la primera etapa de dicho cambio, las Juntas de Conciliación de Durango, Estado de México, San Luis Potosí, Zacatecas, Campeche, Chiapas, Tabasco e Hidalgo cierran sus operaciones.

Ello, para dar paso al trabajo de los tribunales especializados en materia laboral, de orden federal y local; que ahora dependerán del Poder Judicial. En éstos, apuntó, habrá jueces encargados de resolver las diferencias o disputas legales entre empleados, sindicatos y empresas

La STPS explicó que, con el cierre de las Juntas de Conciliación, también se activa el arranque del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL); así como los centros de conciliación locales.

“En estos ocho estados, las Juntas de Conciliación cierran sus ventanillas y no recibirán nuevos casos. Los centros de conciliación locales y federales y los tribunales comienzan desde cero; con el compromiso de hacer más expedita sus resoluciones”, apuntó la dependencia federal.

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La dependencia puntualizó que juntas que desaparecen sólo desahogarán los casos que hayan recibido hasta las 24:00 horas de este martes 17 de noviembre de 2020; mientras que en Hidalgo, únicamente entran en operación los tribunales especializados en materia federal.

De tal suerte, refirió, que los expedientes o casos del ámbito local presentados por los trabajadores, sindicatos y empresas hidalguenses seguirán bajo la operación y el fallo de la Junta Conciliación y Arbitraje estatal.

Metas y objetivos de la reforma laboral

La titular de la Secretaría del Trabajo, Luisa María Alcalde, explicó que la nueva reforma laboral busca que México transite hacia la democracia sindical; al fortalecimiento de la participación de los trabajadores, elevar salarios y mejorar condiciones laborales. Así como el promover el diálogo entre empleados y empresas.

Durante un reunión con los integrantes del CFCRL, realizada esta semana –previo al arranque de la primera etapa de la reforma–, destacó que dichos cambios ayudarán a acabar con el influyentismo; además de evitar la simulación en los contratos, corrupción, inseguridad jurídica y la justicia laboral parcial y tardía.

“Estamos en otros tiempos. Aquí ya no se tolera la corrupción y el influyentismo. Se trata de funcionarios públicos honestos y sensibles. Tenemos que llevarnos todos en mente que no tenemos derecho a fallar. Y eso tiene que ver con nuestro actuar diario y entender que solucionamos la vida de millones de personas”, dijo la secretaria del Trabajo.

¿Qué cambios implica la entrada de los tribunales laborales?

  1. Procesos ágiles. Si en 45 días no existe un acuerdo a una disputa laboral, entre trabajares y empresas, promovido por los nuevos Centros de Conciliación, el caso pasa al tribunal; donde se abren dos audiencias: una para presentar pruebas y otra en la que el juez dicta sentencia.
  2. Reducción de tiempos. Bajo el procedimiento jurídico descrito, la presentación de pruebas y la emisión de sentencia tendría una duración promedio de de seis meses; cuando en las Juntas de Conciliación actuales el fallo tarda hasta cuatro años.
  3. Sindicatos. El registro y toma de nota de los sindicatos estará a cargo de los nuevos Centros de Conciliación y Registro Laboral; pero sin injerencia de gobernadores, autoridades o empresarios.
  4. Registro. Los Centros de Conciliación también serán los encargados de registrar los contratos colectivos o los cambios a los contratos actuales; los cuales deberán ser aprobados a través del voto libre y secreto de los trabajadores.
  5. Democracia. Para cumplir con este último punto, los sindicatos deben contar con, la representación de, al menos, 30% de los empleados; o bien, con la mayoría de estos, en caso de haber dos o más centrales.

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