La reforma al home office o desarrollo del teletrabajo en México fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor este martes 12 de enero de 2021.
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Aunque se establece un plazo de 18 meses para la ejecución de la reforma; periodo en que el gobierno federal deberá crear una Norma Oficial Mexicana que mandate y haga cumplir las nuevas obligaciones en la materia.
De tal suerte que los lineamientos de la nueva regulación no tienen alcance o beneficios para los empleados que en la actualidad trabajan desde casa, por motivos de la contingencia sanitaria del Covid-19.
A través de 11 modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, la reforma establece que las empresas deben garantizar condiciones de “trabajo digno o decente” para las personas que contraten y / o desarrollen el teletrabajo.
Determina que los empleadores tienen que garantizar la igualdad laboral entre sus trabajadores presenciales y en home office; ello en materia de salarios, capacitación, formación, seguridad social y acceso a mejores oportunidades.
Señala que la modalidad de teletrabajo formará parte del contrato colectivo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas; y en caso de no contar tal documento, la modalidad deberá incluirse en el reglamento interior de trabajo de la empresa.
Puntos clave de la reforma al home office:
1. Definición
La reforma indica que se entenderá que una persona realiza home office cuando hace sus labores en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo; ello a través de nuevas tecnologías de información y la comunicación: apps, sistemas remotos, redes, softwares y dispositivos remotos.
2. Empresas asumirán costos del teletrabajo
Los empleadores están obligados a contribuir con el pago de una parte proporcional del recibo de luz; así como de los servicios de telecomunicación o Internet que consuman sus colaboradores al trabajar desde casa.
3. Equipos y sistemas de trabajo
La reforma determina que las compañías deben proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el trabajo; desde computadoras e impresoras, hasta sillas ergonómicas.
4. Derecho a la desconexión
Los trabajadores tienen derecho a la desconexión; lo que implica que no están obligados a atender o participar en comunicaciones electrónicas, contestar correos, atender llamadas telefónicas o recibir instrucciones por mensajes enviados fuera de su horario laboral.
5. Manejo de datos personales
Las empresas deben preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de sus colaboradores en home office; respetando el marco jurídico aplicable en materia de protección de datos personales.
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