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Ómicron disparará permisos Covid-19 del IMSS; conoce tus derechos

El especialista Jorge Sales Boyoli dijo que aunque se deben respetar los permisos Covid-19, el patrón podría exigir una prueba y actuar en consecuencia si el empleado se niega

Continúan aplicándose pruebas COVID-19 de forma gratuita en la CDMX y Edomex Una larga fila se observa en el módulo de pruebas COVID-19. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM (Crisanta Espinosa/Crisanta Espinosa)

En esta última semana en México, cada día se rompe el récord de contagios por la pandemia del coronavirus. El máximo récord que dio a conocer la Secretaría de Salud (SSa) apenas este miércoles refleja que 60 mil 552 personas se contagiaron de Covid-19 en tan solo un día, y a esos se sumaron 50 mil 373 este jueves. Ante esto, las incapacidades en el campo laboral seguirán aumentando, en especial se reflejará entre los que están asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En entrevista con Publimetro, Jorge Sales Boyoli, especialista en derecho laboral y socio en Litter, contó los detalles sobre los permisos que expide el IMSS para trabajadores asegurados que están contagiados y sobre todo la legalidad que tienen las empresas al meter presión a los empleados para que se vacunen o que tengan que realizarse una prueba de Covid-19.

¿Mi jefe puede obligarme a hacer una prueba?

El especialista habla de un escenario hipotético en el que la prueba sea obligatoria para ir a trabajar, en cuyo caso el patrón tendría que costearla totalmente.

“Esto ha generado mucha confusión estos días, donde los casos han ido en aumento, estamos hablando de esta primera hipótesis de una prueba necesaria para poder ir a trabajar”

—  Jorge Sales Boyoli, especialista en derecho laboral y socio en Litter

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La realidad ahora

Sin embargo, la realidad es que el trabajador que tenga síntomas o sospeche que esté contagiado por Covid-19 con la nueva variante ómicron –la cual es altamente contagiosa, pero más parecida a una gripe–, ahora puede suspender sus actividades laborales y tramitar su incapacidad ante el IMSS, sin necesidad de prueba.

El trabajador sin consecuencia alguna tiene que suspender sus labores, tramitar su incapacidad; ahora con el ‘Permiso Covid-19′, que equivale a siete días de descanso, si en ese tiempo aún no se recupera, el empleado tiene que volver a tramitarlo hasta que esté bien de salud para volver a laborar. No es necesario que acuda su clínica del Seguro más cercana, puede hacerlo desde la app o el sitio web”, platicó.

Cabe destacar que cuando empezaban los contagios por la variante ómicron, el Instituto Nacional del Seguro Social (IMSS), les pedía a los trabajadores una prueba de Covid-19 para darles la incapacidad, pero ante las dimensiones que día tras día establecían récords de contagios, el Seguro rehabilitó este trámite que estaba en marcha cuando empezó la pandemia, a principios de marzo de 2020.

En México también se han dado casos que personas que fueron despedidas al dar positivo en una prueba de Covid-19. El especialista Jorge Sales, aclaró a Publimetro que no hay ningún fundamento para que un trabajador sea separado de su puesto por contraer el virus o incluso no quiera vacunarse.

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“Actualmente no existe ningún fundamento legal para correr a un trabajador por tener Covid, sería ilegal despedirlo. Si la razón de despido es porque el trabajador no quiere hacerse la prueba para poder ir a trabajar, esa sí es una causa de despido, pero sería por desobediencia y por no someterse a los exámenes que requiere el patrón”, comentó.

“Por el lado de las vacunas, tiene que ver el campo de las libertades y discriminación y aunque la Ley Federal de Trabajo no tiene la palabra ‘vacuna’ en ningún artículo de sus leyes, la recomendación de la Organización Internacional del Trabajo y organismos internacionales han estado proponiendo que se respeten los derechos de las personas a no vacunarse, entonces es legal que una persona se niegue a vacunarse, y tampoco la puede despedir ni impedirle trabajar”, agregó.

Pero un patrón sí podría, dentro de las facultades de su empresa, solicitar prueba obligatoria a sus empleados.

Para aquellos trabajadores que logren obtener la incapacidad sin estar contagiados del virus Sars-CoV-2, el especialista dijo cuáles podrían ser las consecuencias o inclusive si esto constituye un fraude.

“El patrón que logre acreditar que el trabajador obró de mala fe para obtener esa incapacidad, tendría el derecho a despedirlo sin ninguna liquidación, esto por falta de probidad y honradez de parte del empleado, es una causa de despido prevista en el artículo 47 de la Ley federal del Trabajo. Pero, ojo, no se cometería ningún fraude ni traería consecuencias fuertes, simplemente se queda sin trabajo por una conducta inapropiada”, concluyó.

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