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Registro de Agresores Sexuales se tambalea; SCJN perfila invalidez

La ministra presidenta de la Corte, Norma Piña, aseguró que es obligación del gobierno federal erradicar la violencia sexual contra las mujeres. Será el lunes cuando el Pleno revele los votos que se emitieron sobre este tema

Agresores sexuales
La SCJN retomó el análisis de la constitucionalidad del Registro Público de Agresores Sexuales de la CDMX, como respuesta a las impugnaciones formuladas por la CNDH y la Comisión de Derechos Humanos de la capital del país. (Galo Cañas Rodríguez)

Los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomaron la discusión del proyecto de Yasmín Esquivel Mossa, quien propuso al Pleno reconocer la validez del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales (RPPAS) de la Ciudad de México, cuya ley fue publicada el 20 de marzo del 2020 y en donde los juristas discutieron los tres ordenamientos impugnados.

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Durante la presentación del proyecto, algunos ministros se pronunciaron por la invalidez de los tres conceptos que se trataron en la sesión de este jueves, mientras que el resto de los ministros lo hicieron sobre ciertas porciones normativas, por lo que se dejó en suspenso el conteo de votos, el cual se dará a conocer el próximo 20 de febrero, debido a que hubo confusión respecto a algunos apartados.

Y es que en el citado registro se han inscrito hasta el momento los nombres de 417 personas que han sido condenadas y sentenciadas por delitos como violación, abuso sexual, feminicidio, entre otros, por lo que cuatro ministros mantuvieron su postura por la invalidez, pues consideraron que, de mantener esta base de datos, podría perderse la presunción de inocencia o impediría la reinserción social del sentenciado.

Este registro es un padrón con las personas sentenciadas por delitos sexuales, cuyo nombre deberá quedar registrado y disponible en la Internet, con datos que incluyan alias, fotografía y nacionalidad hasta 30 años después de cumplirse la sentencia.

Al comenzar el análisis de las impugnaciones presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y su similar de la Ciudad de México en contra del citado registro, la ministra Yasmín Esquivel explicó que la creación de una base de datos específica para registrar con fotografía, nombre y apellido a una persona condenada por algún tipo de agresión sexual no viola el principio de seguridad jurídica.

Mossa insistió que la creación de un registro de agresores sexuales no viola la ley de protección de datos personales ni discrimina a las personas sentenciadas por este tipo de ilícitos; además que busca brindar mayor protección a mujeres, niñas, niños y adolescentes ante los niveles de violencia a los que se enfrentan en la actualidad.

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¿Qué se discutió?

  • El Pleno del alto tribunal inició el análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX), a las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal de la capital del país.

A considerar:

  • Hasta ahora 4 ministros se han pronunciado en contra del proyecto.
  • Los ministros participantes establecieron que dicho registro, atenta con los principios de presunción de inocencia, de reinserción social y de seguridad jurídica.
  • Las comisiones de Derechos Humanos, Nacional (CNDH) y de la Ciudad de México (CDHCDMX) impugnaron la validez de diversos artículos de Leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal.

Así lo dijo:

“El reclamo de justicia, siempre válido y muchas veces incomprendido desde la falta de empatía no puede opacar la otra cara de la moneda, la de las personas sentenciadas que cumplen con sus penas y condenas en una legítima aspiración de reinserción social”.

Enfatizó la ministra Margarita Ríos Farjat, quien se pronunció por estar parcialmente a favor de invalidar el registro.

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