Una semana después de que la Fiscalía General de la República (FGR) solicitara fecha para la audiencia de imputación y vinculación a proceso en contra de Uriel Carmona, fiscal general de Morelos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una controversia que admitió hace 20 meses en la que se concluyó que Carmona tiene fuero y no puede ser enjuiciado.
Ante esta situación, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República manifestó su extrañeza por esta resolución, ya que consideró que hay elementos suficientes para considerar que Carmona se desempeña con falta de integridad y tiene una actuación sospechosa desde que asumió el cargo y eso ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en el estado que gobierna Cuauhtémoc Blanco.
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Aunque la resolución de la SCJN solo es en caso de que las acusaciones contra Uriel Carmona haya cometido delitos federales.
“Nos llama la atención que el pasado miércoles 5 de julio, la FGR solicitó al Poder Judicial Federal se fijara la fecha de audiencia para imputación y vinculación a proceso de Uriel C. y que, una semana después, la SCJN resolvió una controversia admitida hace 20 meses para concluir que el fiscal de Morelos goza de fuero constitucional y no puede ser sometido al imperio de la justicia”.
La Consejería también advirtió que la actuación del juez que lleva el proceso contra Carmona es cuestionable, pues ya pasaron ocho días y aún no fija fecha y ordena la comparecencia del fiscal para la audiencia inicial.
Aunque la Consejería también explicó que la resolución no incluye a delitos del fuero común, como son los que se le imputan a Carmona, cuyas carpetas de investigación fueron atraídas por la FGR por la posible comisión de delitos contra la procuración y administración de justicia previstos en el Código Penal de Morelos.
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“La Constitución Política de Morelos dispone en su artículo 136 que, para proceder penalmente en contra del fiscal general del estado, no se requiere que el Congreso local emita pronunciamiento al respecto; por lo que la FGR tiene facultades de investigar y perseguir delitos del fuero común en contra del fiscal de Morelos”, añadió la Consejería.
Finalmente, manifestó que el fiscal no puede implorar el fuero para los casos que se le imputan, mientras que el juez tampoco puede ignorar su obligación de proceder conforme a derecho.