Economía

Cambios en esquema del SAT son un dolor de cabeza para contribuyentes

En el sistema del SAT, contribuyentes enfrentan múltiples dificultades tras la entrada en vigor del Resico, la versión de la Factura 4.0 o la Carta Porte, entre otros

Este 2022 entraron en vigor las adecuaciones en el sistema del SAT y los contribuyentes reportan dificultades para implementarlas. (Mario Jasso/Cuartoscuro)

Las modificaciones que entraron en vigor en el Sistema de Administración Tributaria (SAT) este año tras los cambios en la miscelánea fiscal aprobados por los legisladores en 2021, se han convertido en un dolor de cabeza para los contribuyentes, advierten especialistas.

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Ciudadanos reportan dificultades tanto de carácter técnico por la saturación de la página del SAT como falta de información para familiarizarse con el nuevo esquema, principalmente con el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), la versión de la Factura 4.0 o la Carta Porte, entre otros.

Al respecto, especialistas de Desarrollo Empresarial GOBERfirma enfocada en requerimientos fiscales, contables, corporativos y operaciones vulnerables— comparten con Publimetro los problemas que aquejan a los contribuyentes.

A solo tres meses de su aplicación, las modificaciones han generado conflictos a los contribuyentes a la hora de realizar dichos trámites.

Complejidad en el Resico

En particular, información y desconocimiento aqueja a los contribuyentes ante el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y ya reportan diversas dificultades para su implementación.

El primer problema que refieren los usuarios del sistema es el solo hecho de darse de alta o realizar algún tipo de modificación.

“Las autoridades han hecho hincapié en que no se requiere un contador para poder hacer uso de esta nueva plataforma, pero eso no es cierto”, advierte Desarrollo Empresarial GOBER; por ejemplo, “al emitir una factura se debe especificar el método de pago, y en los temas de IVA, IEPS y PTU no agregan ningún beneficio al contribuyente”.

Adicionalmente, la firma recuerda que la migración de las personas morales a Resico no se ha dado en su totalidad y genera un estado de incertidumbre al contribuyente.

Otro elemento que cabe resaltar es que en función de los CFDI’s expedidos o recibidos que se tenga la necesidad de cancelar, aún no existe el plazo definido en el que aparecerá reflejado en el sistema, detalla.

El SAT puso en marcha tutoriales para los contribuyentes, pero aún con eso, reportan dificultades para familiarizarse con los cambios. (Foto: Cortesía)

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Factura 4.0

Otro problema identificado por Desarrollo Empresarial GOBER es el relacionado con la nueva versión de la Factura 4.0, la cual tiene una prórroga hasta julio de 2022 para el uso de este sistema.

El problema es que este formato –según refieren los testimonios– obliga a poner el nombre exacto, el régimen fiscal del contribuyente, el código postal con el que se está registrados ante la autoridad.

Esta especificación complica los trámites, explica la firma, debido a que la nueva plataforma para realizar las declaraciones mensuales contiene errores de operación, como son el que no reconoce el coeficiente de utilidad cuando es una empresa de nueva creación o no se tuvo coeficiente en el primer año de operación, que incluye actividades en las cuales no se esta dado de alta ante el SAT.

Además, no reconoce las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, todas las facturas emitidas bajo el método de Pago en una exhibición las incluye en el cálculo del impuesto estén o no pagadas, esto solo aplica cuando el pago sea en efectivo, estos errores no permiten realizar las declaraciones y las retrasa para tenerlas en tiempo y forma.

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Carta Porte

Está además la Carta Porte, pues ésta pone en riesgo la seguridad de la industria empresarial con la manera de operar la logística, alerta Desarrollo Empresarial GOBER.

Lo anterior ocurre porque el documento contiene información confidencial de las empresas, choferes y transportistas, lo que facilita identificación de la mercancía para poder ser robada por el crimen organizado, detalla la consultoría.

El requisito está en transición hasta finales del mes de septiembre, pero por lo pronto las pequeñas y medianas empresas tienen el reto de implementar este requisito que piden las autoridades fiscales.

Pero sin ese documento, cabe resaltar, las compañías no podrían hacer sus entregas y operaciones, afectando sus ingresos, pero además corren el riesgo de que se les acuse de evasión fiscal y su mercancía sea incautada.

“Nos siguen llenando de solicitudes y requisitos, todo ello con el objetivo de recaudar más impuestos, siempre somos los mismos los que estamos de cierta forma amarrados ante la autoridad fiscal de este país, pienso que nosotros como contribuyentes somos quienes pagamos más impuestos” criticó Enrique Gómez, managing partner en Desarrollo Empresarial GOBER.

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Servicios Especializados o REPSE

Está además el caso del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE), pues las empresas, aunque no estén obligadas por el tipo actividad o desempeño económico, se ven obligados a registrarse para continuar con sus contratos los proveedores de servicios.

El beneficiario controlador entró en vigor este año, y se ha convertido en una carga administrativa para las empresas, con la que las autoridades conocerán a todos aquellos que se benefician de tener una empresa.

“Todo esto parte de la ambigüedad y el exceso de regulaciones de la ley y lo deja a la interpretación de los usuarios, esto lo hace más burocrático para que las empresas tengan una mayor carga administrativa”, afirmó Gómez.

En este caso se debe avisar al SAT desde la reelaboración del acta constitutiva para notificar quiénes la conforman, además las empresas se convierten en responsable de resguardar toda información contable de quienes la integren e incluso se puede solicitar información personal de los cónyuges para prevenir el lavado de dinero, como se marca en el Código Fiscal de la Federación.

Si no se cuenta con esta información, las empresas pueden hacerse acreedoras a una multa que va desde los quinientos mil pesos hasta rebasar el millón de pesos de parte de la autoridad fiscal por no cumplir con esta información en el momento que se solicite.

“Este candado que impuso la autoridad rompe el secreto corporativo que es resguardar el anonimato de los socios o accionistas de las empresas” remarcó el doctor en ciencias de lo fiscal Enrique Gómez.

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