La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares que solicitaron los partidos políticos Movimiento Ciudadana y Acción Nacional (PAN) en contra de la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum y del secretario de Gobernación (Segob) Adán Augusto López.
La solicitud de medidas cautelares se realizaron al considerar que ambos personajes, quienes han sido señalados como posibles candidatos de Morena para las elecciones presidenciales de 2024, realizaron actos anticipados de precampañas y de campaña, promoción personalizada y porque probablemente violaron los principios de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos y de neutralidad política en varias elecciones estatales.
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Jorge Álvarez Máynez, coordinador del grupo parlamentario de MC en la Cámara de Diputados, solicitó una tutela preventiva contra Adán Augusto López por su asistencia a eventos aparentemente de carácter proselitista, realizados el 15 y 16 de julio de 2022, en Jalisco, en donde se reunió con empresarios y militantes de Morena.
“La Comisión consideró que, desde una óptica preliminar, los eventos tuvieron una finalidad específica, no proselitista, donde la participación de López Hernández se dio en un contexto de carácter cultural, sin que se acredite algún tipo de posicionamiento expreso ante la ciudadanía o alusiones a algún proceso electoral local o federal”.
En cuando a la participación de Sheinbaum Pardo en eventos organizados el 23 y 24 de julio pasado en Colima e Hidalgo, también Jorge Álvarez solicitó una tutela preventiva en contra de la mandataria capitalina, así como contra Indira Vizcaíno Silva y Julio Ramón Menchaca Salazar, quienes consiguieron las gubernaturas de esas entidades, respectivamente.
“Se trató de un acto con finalidad específica y no proselitista, donde la participación de Sheinbaum Pardo, Vizcaíno Silva y Menchaca Salazar, se centró en dar a conocer la postura del partido político del que emanan en torno a la propuesta de Reforma Electoral presentada por el presidente de la República, lo cual es tema que se encuentra en el debate público”, determinó el INE.
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Asimismo, en contra de Sheinbaum, el PAN pidió medidas cautelares que ya fueron negadas, esto con motivo de la colocación de varios anuncios espectaculares en Puebla, San Luis Potosí y León, en los que se le promociona y aluden logros de gobierno.
En este caso, se concluyó que los anuncios constituyen publicidad de una revista y están relacionados con su actividad periodística y así promocionó una entrevista que se realizó a la jefa de Gobierno “lo cual está amparado en la libertad de expresión, en su vertiente de libertad comercial protegida constitucionalmente”.
“La autoridad electoral concluyó que no tiene elementos que lleven a considerar que Claudia Sheinbaum Pardo ordenó, instruyó o contrató la propaganda denunciada que tuvo como origen la entrevista que concedió al medio de comunicación impreso de referencia, sin que exista en este momento alguna prueba o indicio que permita advertir que se trata de promoción realizada por la servidora pública denunciada o algún ente gubernamental”.
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