Noticias

Lucha contra el cigarro gana terreno; prohíben fumar en espacios abiertos

Conoce los lugares prohibidos para fumar y las multas por consumir tabaco de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación

Las modificaciones realizadas en la Ley General para el Control del Tabaco, que incluye desde retirar los productos de exhibición hasta toda la publicidad y promoción de los productos elaborados con tabaco, entrará en vigor a partir del 15 de enero del 2023 en todos los centros de venta del territorio mexicano.

Los decretos que reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones del Reglamento, fueron aprobadas por el Congreso de la Unión, publicándolas el 16 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con el objetivo de proteger la salud de la población mexicana.

También lee: Ley Antitabaco apaga la convivencia terrazas, restaurantes prevén pérdidas

Publicidad

De acuerdo con la modificación del reglamento, publicada en el DOF, los lugares donde está prohibido fumar, además de los espacios libres de humo de tabaco, son:

  • Patios
  • Terrazas
  • Balcones
  • Parques
  • Áreas con menores y adolescentes presentes
  • Centro deportivos
  • Playa
  • Centros de espectáculos y entretenimiento
  • Mercados
  • Plazas comerciales
  • Hoteles
  • Hospitales
  • Restaurantes (estos ya no pueden ofrecer áreas para fumadores)
  • Transporte
  • Lugares de trabajo

Te puede interesar: Prevén “tormenta” de amparos contra modificación al reglamento de Control de Tabaco


Adicional a esto, para la CDMX, en los siguientes espacios del Centro Histórico está prohibido fumar:

  • Zócalo
  • Plaza Manuel Gamio
  • Plaza de la Mexicanidad
  • Plaza del Seminario
  • Empedradillo
  • Plaza del Centro Histórico, ubicada en calle Monte de Piedad S/N
  • Calle Francisco I. Madero, o Corredor Peatonal Madero
  • Los Portales, entre la avenida 20 de Noviembre y calle José María Pino Suárez.
  • Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento
  • Los Portales de la av. 16 de Septiembre
  • Calle 20 de Noviembre

¿Qué costo tiene la multa por fumar en espacios libres de humo?

En caso de infringir la ley por fumar en lugares prohibidos, los fumadores se puede hacer acreedores desde una amonestación, hasta multas de mil 141 pesos a cuatro mil 149 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de seis a 12 horas.

Para ello, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), ha puesto a disposición un centro de atención telefónico-- al número 800 033 5050-- para cualquier duda o denunciar algún incumplimiento a la Ley General para el Control del Tabaco.

Síguenos en Google News:Google News

Contenido Patrocinado

Lo Último