La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró al público el Registro Público de Agresores Sexuales de la Ciudad de México (CDMX) con ocho votos a favor, ya que considera que viola el derecho a la reinserción social, la protección de datos personales, la presunción de inocencia; así como aplicar como doble pena para los sentenciados y generar estigma.
El Registro de Agresores Sexuales de la CDMX, creado en 2020 como parte de las reformas propuestas para la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal de la CDMX, se declaró inconstitucional que fuera público tras la votación del jueves 16 de febrero.
“La inscripción en el Registro tiene como consecuencia la reiteración de ese juicio de valor negativo de las personas que fueron declaradas penalmente responsables, lo que les propicia de cara a la sociedad, una situación permanente a partir del delito que cometieron: ser marcados como agresores sexuales”, cita el documento.
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La ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, aseguró que dicha propuesta es un mecanismo de política pública para la prevención y protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes, frente a la violencia sexual; y dijo que podría ser un instrumento de gran ayuda para investigaciones de delitos sexuales para identificar con mayor facilidad a los probables responsables.
Sin embargo, Piña Hernández votó a favor de la invalidación del registro público por violar el derecho a la reinserción social y estigmatiza a los responsables de delitos sexuales, incluso tras la sentencia de los imputados.
Tras la impugnación presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México contra el Registro Público de Agresores Sexuales en la CDMX, la Corte admitió los señalamientos del organismo.
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Asimismo, el ministro Arturo Zaldívar votó a favor del Registro de Agresores Sexuales de la CDMX, bajo el argumento de que el Registro únicamente es un preventivo para salvaguardar la integridad de las mujeres sin castigar de manera directa a los infractores de delitos sexuales. “A mí me parece, haciendo un análisis de ponderación y un análisis de proporcionalidad, la medida es constitucionalmente válida, es adecuada, legítima”, dijo.
La ministra Yasmín Esquivel señaló la importancia de un registro público de agresores para cumplir con los derechos humanos de las mujeres tras el incremento de delitos sexuales entre 2017 y 2020.
Los ministros Luis María Aguilar y Alfredo Gutiérrez Ortiz votaron en contra por la violación de la presunción de inocencia, derecho penal del acto, reinserción social, así como por ser inconstitucional. La ministra Loretta Ortiz dijo que el registro serviría para inhibir este tipo de crímenes y la ministra Margarita Ríos señaló que es una herramienta para impulsar la denuncia de este tipo de delitos.
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Tres datos del Registro Público de Agresores Sexuales en la CDMX
- El 17 de junio de 2020 la jefa de Gobierno de la Ciudad de México Claudia Sheinbaum Pardo presentó la iniciativa al Congreso de la CDMX.
- La iniciativa consiste en tener una base de datos con información de personas que cuentan con sentencias por violencia sexual en la capital.
- La SCJN discutió por última vez la propuesta este 20 de febrero, declarando al Registro Público de Agresores Sexuales en la CDMX como inconstitucional.