La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó establecer sanciones a quienes vendan u ofrezcan en venta, comercien, distribuyan o transporten medicamentos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, incluso aquellos que estén caducos o hayan concluido su vida útil, tanto en establecimientos físicos como en internet y redes sociales.
Con 27 votos a favor, uno en contra y una abstención, la Comisión avaló reformar el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, a fin de incrementar las sanciones establecidas en este artículo e incluir a los medicamentos caducos y a las plataformas de comercio electrónico y las redes sociales.
Se incrementan las sanciones
Asimismo, se extendieron las sanciones a quienes vendan o ofrezcan en venta, comercien, distribuyan o transporten medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, así como envases o empaques con información falsa o alterada, con penas de tres a 15 años de prisión y una multa de mil a cincuenta mil días de salario mínimo. También se penaliza la venta o comercio de muestras médicas, independientemente del canal de venta.
La misma pena se propone a quien venda, ofrezca en venta o comercie muestras médicas ya sea en establecimientos, vía Internet o en cualquier otro lugar.
El dictamen propone aumentar la pena de prisión de cinco a 20 años para quienes adulteren, falsifiquen, contaminen, alteren o permitan la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos o sus envases sin los registros, licencias o autorizaciones correspondientes.
Además, se incrementa la sanción para quienes falsifiquen o adulteren material para envase o empaque de medicamentos, etiquetas o información de identificación, de uno a nueve años de prisión a una pena de tres a 15 años.
En una reunión presencial, la Comisión de Salud instruyó que los dictámenes aprobados se remitieran a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los trámites correspondientes.