Puebla

Adiós al chanclazo, diputados prohíben la agresión física hacia menores como ‘método correctivo’

Las sanciones dependerán de la que la autoridad judicial determine, siempre y cuando haya una denuncia correspondiente

El Congreso de Puebla aprobó la llamada “Ley Anti Chancla”, que prohíbe los castigos físicos y humillantes contra los menores por parte de sus padres o tutores como método correctivo o disciplinario y así evitar repercusiones a futuro.

Con el voto unánime de los 37 diputados locales, fue aprobada la iniciativa de decreto que protege a los niños contra cualquier abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o violación, mientras se encuentren bajo la custodia de madres, padres o algún representante legal.

En su intervención, la presidenta de la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez del Legislativo, Mónica Rodríguez Della Vecchia precisó que, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), una cuarta parte de todas personas adultas han manifestado haber sufrido maltratos físicos en su infancia, afectando su salud mental.

Además, de acuerdo al Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés) indica que el castigo corporal y otras formas de castigo son todavía usados como medio de disciplina, en México al menos seis de cada 10 infantes de entre uno y 14 años han experimentado un método de disciplina violenta.

Las conductas violentas en su contra pueden generar que sean replicadas en la edad adulta, además de que ejercer violencia no solo afecta físicamente, sino también la salud mental y contribuir a enfermedades del corazón o el suicidio”, resaltó.

Con esta aprobación en Puebla se reformarán las fracciones VII y VIII del artículo 62; y se adiciona la fracción IX al artículo 62 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con el fin de armonizar la legislación local con la federal.

Entre las consideraciones también está que los infantes y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de sus padres, así como de las personas encargadas y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud o asistencia social, sin que, en modo alguno, se autorice a éstos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.

La iniciativa que se aprobó, solo establece los derechos de los menores y su derecho a ser educados y orientados, pero ello da la pauta para ser considerado dentro del tipo penal, por lo que en caso de que haya una denuncia correspondiente, la sanción dependerá de lo que la autoridad judicial determine hacia los padres, tutores o educadores.

¿En qué otros estados se ha aprobado?

  • Ciudad de México - 24 de febrero 2022
  • Tamaulipas - marzo 2021
  • Durango - 27 de abril 2021
  • Oaxaca - 30 de octubre 2021
  • Sinaloa - septiembre 2019
  • Jalisco - 21 de septiembre 2020. En este estado se impone una pena de seis meses hasta cinco años de prisión a quien, ejerciendo la patria potestad o tutela, agreda a una persona menor de edad utilizando la fuerza física, causándole una alteración a su salud, integridad física o psicológica.
  • Veracruz, es una de las 13 entidades a las que Unesco, World Vision México y la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Spinna), hizo un llamado para homologar las leyes locales con la federal que se aprobó el 20 de diciembre del 2020, pues además ya contaba con un proyecto de dictamen concluido desde junio de 2021.
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