Cualquier trabajador podrá ejercer su derecho al voto, tanto en los procesos de revocación de mandato como en las elecciones populares, gracias a una reforma aprobada en el Senado de la República que obliga a los patrones a conceder permisos para este fin.
Esta minuta, la cual fue enviada por la Cámara de Diputados en diciembre de 2021, modifica las fracciones IX del artículo 132 y V del artículo 204 de la Ley Federal del Trabajo.
Asimismo, dicha reforma de ley (avalada por con 93 votos a favor) señala que los empleadores deberán otorgar autorizaciones para que sus trabajadores cumplan con los servicios de jurados electorales y censales, en caso de empalmarse con sus horas de trabajo.
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Durante la sesión, la senadora Nestora Salgado García, de Movimiento Regeneración Nacional, indicó que el dictamen (turnado al Ejecutivo Federal tras concluir la aprobación) es un avance fundamental para la participación y ejercicio de la ciudadanía en los procesos de elección, consultas populares o revocación de mandato.
Sin embargo, la modificación al artículo 204 de la referida ley precisa que el permiso será válido siempre y cuando la seguridad del buque no se comprometa y no se entorpezca su salida en la fecha y hora fijadas.
La revocación de mandato se realizará el domingo 10 de abril, y únicamente tendrá efectos vinculatorios u obligatorios si participa el 40% de las personas inscritas en el listado nominal (alrededor de 38 millones de mexicanos mayores de 18 años).